La prueba de alcoholemia a Ortega Cano es válida, según el fiscal de Seguridad Vial

Espera que el juicio se celebre "cuanto antes" dada la precaria situación económica en la que se encuentra la familia de Carlos Parra.

Ortega Cano, en el coche, el día que declaró ante el juez.
Jorge Muñoz, Sevilla

18 de mayo 2012 - 13:29

El fiscal de Seguridad Vial de Sevilla, Luis Carlos Rodríguez León, ha defendido este viernes la legalidad de la pruebas de alcoholemia que se practicaron al torero José Ortega Cano sobre unas muestras de sangre extraídas para fines terapéuticos y que la defensa del diestro va a impugnar al considerar que no se respetó la cadena de custodia que requiere un procedimiento penal.

Luis Carlos Rodríguez León, que este viernes ha presentado la memoria de Seguridad Vial de Sevilla, ha explicado a los periodistas que la Fiscalía parte de que esa prueba de alcoholemia, que arrojó un resultado de 1,26 gramos de alcohol por litro de sangre -casi el triple de lo permitido-, es "correcta", aunque no quiso revelar ningún detalle antes el juicio sobre los argumentos que empleará para defender la validez de esta prueba.

En cualquier caso, la Fiscalía ya defendió el resultado de la prueba de alcoholemia en su escrito de conclusiones provisionales, en el que ha solicitado una condena de cuatro años de cárcel por dos delitos contra la seguridad vial y un delito de homicidio por imprudencia.

Sobre la celebración del juicio, que el juzgado de lo Penal aún no ha fijado y que tendrá lugar en los próximos meses, el fiscal indicó que desea que la vista sea "cuanto antes, porque la familia del fallecido está en una situación económica precaria".

El accidente se produjo el 28 de mayo de 2011 cuando el Mercedes R-320 que conducía el matador invadió el carril contrario en la carretera A-8002 y colisionó con el vehículo que conducía el vecino de Castilblanco de los Arroyos (Sevilla) Carlos Parra Castillo, que falleció a causa del tremendo impacto.

El informe del Equipo de Reconstrución de Accidentes (ERAT) de la Guardia Civil atribuyó el accidente a una "distracción" del torero provocada por la ingesta de alcohol, y añadió que éste circulaba a una velocidad de 125 kilómetros por hora, superior a la permitida en esta vía.

La defensa del torero entiende, en cambio, que Ortega Cano no había bebido ni circulaba a una velocidad excesiva, y ha aportado dos informes para tratar de acreditar esta tesis, además de anunciar que planteará una cuestión previa al inicio de la vista oral para que no se tengan en cuenta los resultados de la prueba de alcoholemia al haberse vulnerado la cadena de custodia.

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