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Los imputados por la tragedia de Alcalá declararán ante la juez el 21 de julio

  • La juez confirma que la encargada de Alansu vendió los botes que contenían el fosfuro de aluminio al responsable de una chatarrería, negocio que no estaba autorizado para la gestión de los residuos peligrosos.

Los dos responsables de las empresas investigadas por la presunta falta de control de los tapones con fosfuro de aluminio comparecerán ante la juez de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Alcalá de Guadaíra el próximo 21 de julio para prestar declaración en calidad de imputadospor un delito contra el Medio Ambiente en concurso con tres delitos de homicidio por imprudencia.

En un auto dictado el pasado 27 de junio, al que ha tenido acceso este periódico, la juez Laura Ruiz Alaminos, acuerda citar como imputados a la encargada de la empresa de gestión de residuos peligrosos Alansu S.L., María Rosa S. M., y al responsable de la una chatarrería, Reciclados Nivel, Pedro Antonio G. C., y a estos dos responsables se unen también como imputadas las personas jurídicas Alansu S. L. y Reciclados Nivel, sociedades que deberán aportar la documentación correspondiente a los seguros de responsabilidad civil que pudieran cubrir su actividad, precisa el auto.

Estas imputaciones se producen después de que la Fiscalía de Dos Hermanas solicitara la imputación de los dos responsables y de las empresas, una vez que Reciclados Nivel se habría encargado de la gestión de los botes de aluminio y de los tapones que contenían la sustancia tóxica a pesar de que esta empresa no contaba con autorización alguna para el tratamiento de los residuos peligrosos.

En el auto, la magistrada accede además a ampliar la imputación inicial –de tres delitos de homicidio imprudente- con otro delito contra el Medio Ambiente porque entiende que de las diligencias de investigación practicadas “se infiere indiciariamente” que la encargada de Alansu –empresa que sí contaba con la autorización para la gestión de los residuos peligrosos- realizó la gestión “sin cumplir con la legalidad vigente, vendiendo los botes de fosfuro de aluminio” a Pedro Antonio G. C., responsable de Reciclados Nivel, “empresa que en ningún caso contaba con autorización para la gestión de tales residuos, residuos que, no custodiados ni gestionados de debida forma, fueron los que presuntamente se encontraron en el domicilio donde residían los fallecidos, concretamente en uno de los cuartos de baño de la vivienda, causando el desgraciado fallecimiento” de los tres miembros de la familia Caño Bautista: Enrique Caño, su esposa Concepción Bautista y una hija de 14 años.

La juez advierte de que los botes vendidos a la chatarrería tenían sus correspondientes tapones y contenían restos de la sustancia que “indiciariamente resultó mortal”, el fosfuro de aluminio. La instructora señala que el delito contra el Medio Ambiente que recoge el artículo 328.3 del Código Penal castiga con penas de uno a dos años de cárcel a quienes “en la recogida, el transporte, la valorización, la eliminación o el aprovechamiento de residuos, incluida la omisión de los deberes de vigilancia sobre tales procedimientos, pongan en grave peligro la vida, integridad o la salud de las personas, o la calidad del aire, del suelo o de las aguas, o a animales o plantas”.

El apartado quinto de este delito añade que “cuando con ocasión de las conductas previstas en los apartados anteriores se produjera, además del riesgo prevenido, un resultado lesivo constitutivo de delito, cualquiera que sea su gravedad, los jueces o tribunales apreciarán tan solo la infracción más gravemente penada, aplicando la pena en su mitad superior”.

Con esta argumentación, la juez concluye que los dos responsables de estas empresas deberán declarar como imputados por un delito contra el Medio Ambiente en concurso con tres delitos de homicidio imprudente y para ello, en una providencia que también tiene fecha del 27 de junio, les ha citado a declarar el próximo 21 de julio.

En el mismo auto, la juez accede a la petición de la Fiscalía para que se intervengan los ordenadores de las personas jurídicas imputadas con el fin de que sean analizados por la Policía Judicial y en especial los ordenadores de María Rosa S. M. y Pedro Antonio G. C. para que se “rastreen los correos electrónicos que puedan hallarse en las distintas cuentas relativos a los hechos”, todo ello para “analizar las entregas realizadas en Alansu de residuos peligrosos de naturaleza semejante a los de la presente causa que se hayan realizado tanto por Roca Defisán como por otras empresas generadoras de residuos semejantes, analizando su contabilidad, facturas, albaranes de entrega y recogida, etc, así como las entregas que consten realizadas por Alansu a Reciclados Nivel durante el año 2013”.

En el curso de la investigación, la delegación de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de la Junta abrió un expediente sancionador a Alansu tras la muerte de la familia de Alcalá que determinó como medida provisional la “inmediata paralización” de la actividad. La empresa recurrió solicitando que con carácter excepcional se permitiera la entrega a un gestor autorizado de los residuos peligrosos y no peligrosos que estuvieran almacenados en las instalaciones de Dos Hermanas. La juez ha accedido a esta petición aunque ha ordenado, a propuesta de la Fiscalía, que en primer lugar se realice un inventario de todos los residuos almacenados en esta empresa, determinando su naturaleza y clase.

La juez también ha ordenado que se libre oficio a la Consejería de Medio Ambiente de la Junta para que remita todas las inspecciones realizadas sobre el funcionamiento de Alansu desde el inicio de su actividad como gestor de residuos peligrosos hasta diciembre de 2013, identificando los funcionarios que hicieron las inspecciones y la periodicidad con la que debían realizarse con arreglo a la normativa y a los resultados favorables o desfavorables que hubieran arrojado.

Además de la citación de los imputados, el juzgado ha ordenado que presten declaración media docena de testigos, y ha autorizado a remitir la documentación de Toxicología sobre este caso a la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de la Junta con el fin de contribuir al “conocimiento científico y a la toma de medidas de prevención y control”, respondiendo de esta forma a una petición de dicha consejería para que se hiciera entrega de esa documentación.

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