Condenado un usuario de Tussam por morder y golpear a un conductor
La juez le impone una multa de 240 euros y el pago de una indemnización de 420 euros al chófer
Un juzgado de Sevilla ha condenado a un hombre que propinó un bocado en la espalda a un conductor de Tussam, después de que éste le impidiera acceder al autobús con un bonobús sin saldo. La condena es de una multa de 240 euros por un delito leve de lesiones, a los que hay que sumar otros 420 euros en concepto de indemnización a la víctima. Los hechos ocurrieron sobre las ocho menos veinte de la tarde del 27 de septiembre de 2017 en el polígono de San Pablo, en concreto en la confluencia de la avenida de Pedro Romero y la calle Tesalónica. A esa hora el condenado, identificado como Óscar Eduardo C. M., subió al autobús y, al hacer uso de su bonobús, la máquina le indicó que éste carecía de saldo.
Según consta en la sentencia del Juzgado de Instrucción 20 de Sevilla, el acusado comenzó a ponerse cada vez más agresivo y llegó incluso a negarse al ofrecimiento que otro usuario le hizo de abonarle el billete. "En un momento dado, cuando el autobús se detuvo en un semáforo, el acusado introdujo su mano a través de la ventanilla de la mampara de seguridad y propinó un golpe en la cara y otro en la pierna al conductor, por lo que éste decidió salir del autobús para garantizar la seguridad del pasaje, a la vista de la agresividad que mostraba (el agresor). En ese momento, éste continuó propinando golpes al conductor, llegando a propinarle un mordisco en la espalda tras cogerle por el cuello. Acto seguido abrió la mochila que portaba y sacó de la misma un palo, con el que golpeó al conductor en la cabeza y en la pierna". Como consecuencia de esta agresión, el conductor sufrió una crisis de ansiedad, una mordedura en la escápulad erecha y eritemas en el hombro y el cuello. Estas lesiones requirieron asistencia primaria y tardaron en curar diez días. El conductor tuvo que estar 42 días de baja tras sufrir la agresión.
La juez fundamenta su resolución en el informe forense presentado por la acusación, compatible con los hechos denunciados, en el reconocimiento parcial de los hechos y en las versiones de los testigos. El condenado admitió que golpeó al conductor pero que lo hizo para defenderse y negó portar ningún palo. Sin embargo, una testigo le vio sacar el palo de la mochila y golpear con éste al conductor del autobús, marchándose a continuación, corriendo junto a una chica. El testimonio de la pareja del denunciado no se tuvo en cuenta por ser esta mujer "parte interesada y parcial". Otro dato que fundamenta la condena es el aportado por los agentes de la Policía Local que identificaron al agresor, que al ver a los policías salió corriendo y tuvo que ser localizado en una vivienda poco después de los hechos. "La actitud de huir no se corresponde con la de una persona que es agredida, sino con la de una persona que ha agredido y que trata de huir y eludir su responsabilidad", sostiene la juez en su sentencia.
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