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La Junta aprueba a un alumno suspendido en el Buen Pastor

  • La Delegación de Educación estima la reclamación de los padres porque el contenido de la asignatura de tercer curso es "muy superior" al currículo de la ESO

La Consejería de Educación de la Junta de Andalucía ha resuelto aprobar a un alumno de tercer curso de Educación Secundaria Obligatoria (ESO) de 14 años de edad del colegio concertado Buen Pastor de Sevilla que había suspendido la asignatura de Ciencias Sociales, Geografía e Historia por considerar que dicho centro ha desarrollado la asignatura con un contenido "muy superior" al que establece el currículo de la ESO en Andalucía.

Así lo establece una resolución firmada por el delegado provincial de Educación, José Jaime Mougan, a la que ha tenido acceso Europa Press, que estima "íntegramente" la reclamación formulada por los padres del alumno afectado por entender que el centro cursa "exceso de materia" en la asignatura de Ciencias Sociales, Geografía e Historia al incluir contenidos de Historia del Arte o de Música "equivalentes a los de una Facultad o un Conservatorio Superior".

La reclamación se basa en que el centro cursa la asignatura "con contenidos muy superiores a los establecidos por la normativa vigente" que establece el currículo de la ESO en Andalucía al incluir "dos conjuntos de contenidos (Historia de la Música y del Arte) que se imparten en forma de ampliación respecto a los contenidos establecidos por la materia".

Según la reclamación de los padres, los alumnos de tercero de ESO han utilizado durante el curso manual de Historia del Arte de segundo de Bachillerato (tres cursos por encima) y han debido escuchar más de 140 obras musicales para identificar a sus autores. Los exámenes de Historia del Arte incluían fotografías de retablos e iglesias en las que los alumnos debían identificar elementos como "triglifos, fistilos o peristilos". En la resolución, la Comisión Técnica Provincial de Reclamaciones asegura que el alumno reclamante ha realizado "pruebas cuyos contenidos sobre Música y Arte no corresponden a la Edad Moderna (arte griego o música contemporánea)" y añade que los contenidos se han impartido "sin el más mínimo enfoque didáctico integrado" y como "bloques con entidad propia que se añaden y no se integran en el desarrollo de la asignatura".

El alumno había superado dos de los tres exámenes de preevaluación con 6,7 y 6 puntos, y un tercero con 2,75 puntos, lo que eleva la evaluación a 4,93 puntos según los "criterios de calificación del propio departamento del centro". La Comisión Técnica concluye que "el alumno reclamante puede alcanzar los objetivos mínimos establecidos para la superación de la materia en su programación oficial y que los motivos del resultado final derivan justamente de las calificaciones obtenidas en Música y Arte que, como se ha podido demostrar, constituyen dos auténticos bloques de contenidos específicos e independientes en todos los aspectos desde la programación hasta los materiales y la evaluación".

Los padres del alumno afectado han expresado su "satisfacción" por la resolución y agradecen a los servicios de inspección la "labor concienzuda y rigurosa" que han realizado en este caso "complicado y fuera de lo común, ya que lo normal es preocuparse por lo poco que enseñan a los alumnos y no porque lo hagan en demasía".

Los padres expresaron su preocupación por que "la competencia entre centros privados concertados por lograr sacar las notas más altas posibles en las pruebas de Selectividad provoque que los alumnos se vean sometidos a este nivel estudios", algo que en muchos casos los convierte en "víctimas". La resolución pone fin a la vía administrativa. El colegio tiene dos meses para recurrir por la vía contencioso-administrativa.

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