“ESTIMO en parte la demanda interpuesta por la representación procesal de don Joaquín Encuentra López contra EDITORIAL ANDALUZA DE PERIÓDICOS INDEPENDIENTES, S.A. y, en consecuencia,
1.- Declaro que la entidad demandada ha llevado a cabo una intromisión ilegítima en el derecho al honor e imagen del demandante, al publicar una foto suya, sin pixelar, conduciendo el taxi del que es propietario también perfectamente identificable, asociándolo a una información sobre una trama de defraudación que investigaba la Policía en relación con el conflicto del Aeropuerto de Sevilla en su edición impresa del DIARIO DE SEVILLA del día 14 de febrero de 2018 y también en la edición digital del periódico.
2.- Condeno a la entidad demandada a que cese de manera definitiva en dicha intromisión ilegítima.
3.- Condeno a la demandada a que publique la parte dispositiva de la Sentencia tanto en la versión escrita (papel), como en la versión digital, con los mismos parámetros que la información en la intromisión declarada.
4.- Condeno a la entidad demandada a que abone al demandante en concepto de indemnización por daño moral la suma de SEIS MIL EUROS, más los intereses de demora desde la fecha de la presente resolución.
5.- No hago expresa imposición de las costas causadas”.
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