Sevilla está entre las que más cumplen la adaptación a la ley urbanística andaluza
El 66% de los 775 municipios andaluces se adaptan a la LOUA. Hay suelo de reserva para 285.000 viviendas protegidas.
La Consejería de Ordenación del Territorio y de Medio Ambiente de la Junta aseguró ayer que 510 municipios se han adaptado ya a la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA), es decir el 66% de los 775 términos municipales de la región y el 90% de la población andaluza. Las provincias con mayor grado de cumplimiento son Cádiz, Córdoba, Huelva, Málaga y Sevilla y las de menor grado Almería y Jaén.
Esta cifra supone además un incremento de un 60% respecto al número de ayuntamientos (56) que habían adecuado su planeamiento general en enero de 2007, cuando finalizó el plazo de cuatro años que establecía como obligación dicha norma.
De los 510 municipios, 152 cuentan con un Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) adaptado totalmente a la LOUA y 358 con adaptaciones parciales a dicha Ley. Asimismo, en proceso de tramitación de los nuevos PGOU se encuentran 552 municipios, de los cuales 68 cuentan con aprobación provisionales, 236 con aprobación inicial y el resto en fases anteriores.
No obstante, en Andalucía existen aún 168 municipios, el 24% del total, que no cuentan con un instrumento de planeamiento general municipal, obligatorio desde la primera Ley del Suelo de 1956. De estos, 111 tienen una Delimitación de Suelo Urbano (DSU) de acuerdo con la legislación anterior, aunque la LOUA no considera esta figura como instrumento de planeamiento municipal, y 57 no tienen ninguna, siguiendo vigentes en ellos las antiguas Normas Subsidiarias Provinciales, aprobadas entre la década de los años 70 y 80 del siglo pasado.
Desde 2008, cuando se aprobó el Decreto que regula el procedimiento de las adaptaciones parciales y la orden de subvenciones que incentiva las mismas y la redacción de los planes generales, la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio ha concedido ayudas por 31 millones de euros.
Los procedimientos de adaptación de la LOUA han puesto de manifiesto que existe suelo de reserva para más de 285.000 viviendas protegidas y disponible (clasificado como suelo urbano no consolidado o suelo urbanizable sectorizado u ordenado) para más de un millón de viviendas.
Según la legislación vigente, la tramitación de un PGOU, el principal instrumento de ordenación del territorio municipal, cuenta con diferentes fases que se inicia con el acuerdo de formulación y al que le siguen las de avance, aprobación inicial, aprobación provisional y aprobación definitiva. De todas ellas, tan sólo la última es de competencia exclusiva de la Junta de Andalucía, mientras que el resto es municipal, aunque con intervención de la administración autonómica mediante la emisión de los informes establecidos por las distintas legislaciones sectoriales, coincidiendo con los periodos de información pública.
El proceso de tramitación de un PGOU oscila entre los 6 y 8 años. De este plazo global la menor incidencia se produce en la fase de aprobación definitiva que según establece la Ley cuenta con un periodo para ello de cinco meses.
Para agilizar los trámites administrativos, el Consejo de Gobierno de la Junta aprobó el pasado mes de febrero el Decreto que regula las competencias de la Junta de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo. Esta norma, que sustituye a la vigente desde 2008, permite acelerar el proceso del planeamiento urbanístico para favorecer la actividad económica y reforzar las competencias de los órganos resolutorios y participación en esta materia.
Respecto a la tramitación de los Planes Generales de Ordenación Urbana (PGOU) y de las modificaciones de carácter estructural de los mismos (las que afectan a la clasificación del suelo, sistemas generales y edificabilidades y usos globales, entre otros aspectos), el decreto permite a los ayuntamientos presentar, tras la aprobación inicial, una única solicitud dirigida a la Junta.
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