Sevilla

¿Afectan las nuevas medidas de de la Ley de Vivienda a Sevilla?

Un cartel que anuncia un alquiler en Sevilla

Un cartel que anuncia un alquiler en Sevilla / M.G.

Aunque se acerca ya su primer aniversario desde que entró en vigor, la reciente publicación del Índice de referencia de los precios al alquiler ha hecho que la Ley de Vivienda vuelva a estar en el punto de mira.

Con esta ley se busca regular y mejorar el acceso a la vivienda de los españoles, con el objetivo de proteger el derecho constitucional a disfrutar de una vivienda digna. Más allá de esto, se debe tener en cuenta que no todas las medidas tienen el mismo ámbito de aplicación, algo que se ha visto con el Índice de referencia, que se aplicará en las zonas consideradas como tensionadas de dependencia autonómica.

Algunas de las medidas que se aplican y no en Sevilla

Hay una serie de medidas que son de aplicación nacional, como el caso de los gastos de gestión y formalización del contrato del alquiler, cuyo pago debe recaer sobre el propietario de la vivienda y no del inquilino.

También cambia la definición de propietario gran tenedor o pequeño propietario. En el caso de los primeros son aquellas personas físicas y jurídicas que sean titulares de más de 10 inmuebles urbanos (5 en el caso de zonas tensionadas) o una superficie superior a 1.500 m2, mientras que pequeños propietarios son aquellos que tengan en propiedad menos de 5 viviendas.

Por otra parte, se aplica que la actualización anual del alquiler deja de depender del IPC y durante 2024 tendrán una actualización límite máxima de un 3%, mientras que en 2025 se creará un nuevo índice de referencia. Además, la ley prohíbe también añadir "fijar nuevas condiciones que establezcan la repercusión al arrendatario de cuotas o gastos que no estuviesen recogidas en el contrato anterior" y no debe superar la renta vigente en los cinco años anteriores. Y en Sevilla también se aplican los cambios en materia de desahucios, como las prórrogas y la prohibición de los desahucios sin fecha y hora predeterminada. 

Por otra parte, medidas como la aplicación del Índice de referencia de los precios al alquiler que depende de la decisión de declarar zonas tensionadas corresponde a las comunidades autónomas. Algo que parece que no llegará a Sevilla, después de la apelación de la Junta de Andalucía y la decisión del Ayuntamiento de no aplicar la Ley de Vivienda dentro de lo posible como se vio en el mes de septiembre de 2023, al considerar que invade competencias autonómicas. Tampoco se aplicarán las recargas en el IBI de las viviendas vacías o las deducciones fiscales para el arrendador, dado el rechazo autonómico y del Consistorio sevillano de la aplicación de la ley.

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