Sentencia sobre los derechos de imagen de banderilleros
El juzgado de lo social número 1 de Sevilla ha dictado sentencia en el procedimiento de derechos fundamentales 859/2012 por el cual viene a decir que "los banderilleros que demandaron a la empresa de Sevilla por el cobro de derechos de imagen tienen derecho a percibir los mismos"; según recoge Mundotoro. El cobro de estos derechos entró en litigio la pasada semana y a estas fechas se ha conocido la sentencia.
La sentencia da como hecho probado que el propio letrado de la empresa Joaquín Moeckel aceptó en el acto del juicio que estos banderilleros tenían los mismos derechos que los afiliados a la UNPBE y de hecho no se opuso a la cantidad que reclamaban, si bien, el letrado entendió que habiendo satisfecho la totalidad de honorarios a la UNPBE, debía ser ésta la que atendiese los pagos de los no afiliados; señala el citado medio.
El dictamen no acoge este último argumento y se afirma en él que la entidad que debe pagar la cuantía es la propia empresa de Sevilla. No obstante lo anterior, en el juramento jurídico 4º viene a decir que "aunque es la empresa la que debe pagar las cantidades que solicitan los banderilleros, ya que han sido afectadas y no cuestionadas. No impide, no obstante, la constatación de una conducta inadecuada de la Unión en cuanto bien pudo advertir a la empresa, al percibir las cantidades correspondientes a derechos de imagen, de la existencia en los festejos de profesionales no afiliados, evitando así el dretimento de estos en beneficio de sus afiliados que recibieron mayor cantidad de dinero". La demanda ha sido desestimada en relación a la condena de futuro que pedían los actores porque exceden del ámbito del procedimiento laboral.
Cabe destacar -según señala el citado medio- la llamada de atención que hace la Magistrada del caso, la señora Barrero Rodríguez, en la que afirma "la necesidad de que las partes tomen conciencia de la nueva realidad existente y de la presencia más o menos numerosa de un grupo significativo de profesionales no pertenecientes a la Unión, cuyos derechos tienen que quedar garantizados mediante los oportunos convenios o acuerdos".
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