La mayoría de los bebés tiene presencia en redes sociales antes de cumplir seis meses de vida
Los expertos advierten del peligro del 'oversharing' o 'sharenting', la tendencia por parte de los padres a sobreexponer a sus hijos en redes sociales
El 81 % de los menores de 6 meses tiene presencia en internet. Al menos así lo afirma una encuesta elaborada por la firma de seguridad informática AVG en 10 países, entre ellos España. Este mismo estudio, además, recoge que el 23 % de los niños tiene presencia en línea incluso antes de nacer porque sus padres publican imágenes de las ecografías durante el embarazo. El porcentaje se dispara rápidamente, hasta el punto de que el 81 % está en internet antes de cumplir los 6 meses. La cifra sigue aumentando en los primeros años de la infancia.
Silvia Martínez, directora del máster universitario de Social Media: Gestión y Estrategia de la Universitat Obrera de Catalunya, también lo advierte. "Se presupone que los padres son los principales interesados en garantizar y proteger la imagen de sus hijos y que buscarán su bienestar por encima de todo. En la toma de decisión previa a la publicación de imágenes, la protección del interés superior del menor y de sus derechos individuales debería prevalecer sobre otros intereses. Sin embargo, cuando los padres comparten fotografías de sus hijos en las redes sociales, especialmente si son menores, pueden no ser conscientes de los riesgos que ello conlleva".
Cuando lo privado se hace público
"En muchas ocasiones, los padres creen que la exposición que hacen de esas imágenes quedará limitada al círculo de sus conocidos directos, pero su alcance puede ser mucho más amplio», dice Silvia Martínez, también miembro del Grupo de Investigación en Aprendizajes, Medios y Entretenimiento (GAME).
"La mayoría mantiene un perfil público en las redes, con lo que esa imagen podría ser vista por cualquier usuario. Por otro lado, aunque los padres hayan limitado la exposición de su perfil haciéndolo privado, en ocasiones los propios conocidos o familiares comparten esas imágenes que les han llegado por las redes (incluso sin disponer de una autorización para hacerlo), con lo que amplían ese alcance que puede llegar a tener la fotografía".
Además, al publicar contenidos en plataformas tecnológicas como las que conforman los social media cedemos a esas empresas ciertos derechos sobre su uso y sobre el tratamiento de la información que en ellos se contenga.
Cesión de derechos al compartir una imagen
"Si compartes una foto en Facebook, das permiso para almacenarla, copiarla y compartirla con otros (de conformidad con tu configuración). Puedes eliminar el contenido o tu cuenta en cualquier momento para dar por finalizada esta licencia. En cualquier caso, el contenido que elimines puede seguir siendo visible si lo has compartido con otras personas y estas no lo han borrado" señala Martínez.
Otro de los riesgos de publicar fotografías de menores es que pueden utilizarse como material pornográfico a escala mundial por medio, por ejemplo, de la extracción de la imagen de sus genitales cuando se muestran desnudos. También pueden convertir a los niños en posibles víctimas de la pornografía infantil mediante la sustitución, con aplicaciones y tratamiento informático.
Al difundir la infancia de los hijos estamos imprimiendo sus primeras huellas digitales. Silvia Martínez asegura que "al publicar esas fotografías, se contribuye a crear una identidad con la que el interesado, en este caso el hijo o la hija, puede no sentirse representado o cómodo, y terminar incluso sintiéndose avergonzado por ciertas situaciones o información muy personal que puede llegarse a mostrar en esas imágenes».
Las consecuencias de esta actividad es que aumenta el riesgo de que se conviertan en blanco de burlas y sufrir acoso o ciberacoso, o que las imágenes sean mal utilizadas por otros con el consiguiente impacto en la autoestima, reputación y relaciones sociales. "El consentimiento o la autorización para subir a redes sociales fotografías de terceros debería solicitarse siempre, y ello también debería aplicarse a los padres cuando quieren publicar imágenes de sus hijos. Aun siendo titulares de la patria potestad o tutela y tener el poder de decisión, preguntar al menor antes de publicar su fotografía les permitirá intervenir en la identidad digital que de él o ella pueda estar construyéndose", afirma Silvia Martínez.
¿Qué dice la ley en España?
La legislación avanza en materia de protección del llamado derecho al olvido. Así, la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales incluye una mención específica al ejercicio de ese derecho cuando terceros hayan subido información respecto a menores en redes sociales.
El apartado 3 del artículo 94 sobre el derecho al olvido en servicios de redes sociales y servicios equivalentes recoge lo siguiente: En caso de que el derecho se ejercitase por un afectado respecto de datos que hubiesen sido facilitados al servicio, por él o por terceros, durante su minoría de edad, el prestador deberá proceder sin dilación a su supresión por su simple solicitud, y ello sin necesidad de que concurran otras circunstancias como las mencionadas en otros supuestos contemplados en ese mismo artículo.
Educación en redes sociales
Evidentemente, antes de echar mano de la ley, es especialmente importante potenciar una educación que facilite un uso consciente y responsable de espacios de comunicación como los medios sociales. Ello implica disponer de un mayor conocimiento y, sobre todo, comprensión de las condiciones de uso y políticas de privacidad que presentan estas plataformas, pero también profundizar en el alcance de la información que se publica y en los riesgos potenciales que pueden derivarse del uso que hagan otros usuarios de ella.
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