La tribuna

José Luis García Ruiz

Libertad, Amnistía, Autonomía

17 de abril 2010 - 01:00

CREO que el juez Garzón ostenta el récord, sin precedentes en la historia de la judicatura española, de tener tres causas abiertas simultáneamente en el Tribunal Supremo, por tres actuaciones diferentes, pero todas ellas teñidas por la sombra de la prevaricación. Si hubiese que ordenarlas por su importancia, en mi opinión la más grave es la que se refiere a la orden de escuchar y grabar las conversaciones entre abogados y clientes, porque esta actuación, inimaginable en cualquier país democrático, pone, como ninguna otra, patas arriba el Estado de derecho al violar el derecho de defensa y nos remite a fórmulas totalitarias que creíamos en España superadas para siempre. Es algo tan serio que no llego a comprender cómo el Consejo General de la Abogacía Española no está ya ejerciendo de acusador particular.

La segunda en mi estimación es su no abstención a la hora de decretar el archivo de las diligencias que afectaban a la entidad financiadora de sus cursos en Nueva York y que denota que el citado juez se ve a sí mismo por encima de las reglas formales básicas de los procesos judiciales. La tercera en este ranking de gravedad, aunque sea la primera por la que va a ser enjuiciado, sería, para mí, la que afecta a su decisión de declararse competente en el asunto que, simplificadamente, se conoce como el de las fosas del franquismo, mediante una interpretación de la ley de amnistía que concluía en ignorarla. Y la coloco en tercer lugar por aquello de que las interpretaciones, incluso las muy peculiares, son, en principio, discutibles.

Sin embargo, esta ordenación desde el punto de vista jurídico no es la misma si se hace desde una perspectiva sociológica. En efecto, aunque, gracias a Dios, el tiempo histórico no es el de los años treinta -con la estremecedora proximidad del triunfo de la revolución soviética y de los fascismos alemán e italiano, ni la sociedad española es la misma desde que somos un país de clases medias-, el zapaterismo ha acabado con el clima de entendimiento de la transición y hemos vuelto al cainismo de las dos Españas. Y la actuación de Garzón en este asunto ha resultado una buena ayuda para alimentar la caldera. Porque, al socaire de ello, estremece lo ocurrido en el aquelarre de la Complutense o leer en la red los comentarios que se hacen en blogs religados a la cadena Ser y al diario Público, en los que la ley de amnistía se presenta como una execrable ley de punto final, aprobada por el franquismo para garantizarse la impunidad, y a Garzón como el intrépido debelador de la misma.

A estas alturas de la copla, uno ya está pasado de justificaciones de incultura. Estoy seguro de que la mayoría de los que sostienen lo anterior lo hacen conscientes de su falsedad y a sabiendas de que la repetición de lo falsario pretende crear otra historia, aunque esté alejada de la verdad.

Basta consultar las hemerotecas, fonotecas y videotecas para comprobar que, a la muerte de Franco, una de las principales demandas de quienes militaban en posiciones antifranquistas era el otorgamiento de una amnistía que anulase las implacables imputaciones que la dictadura había efectuado de las responsabilidades de cualquier clase que afectaban a sus oponentes, así como que diese lugar a la compensaciones correspondientes derivadas de la extinción de tales responsabilidades. Toda mi generación recuerda el famoso "Libertad, Amnistía y Estatuto de Autonomía" como eslogan unitario de las manifestaciones de la Transición. Para propiciar ésta, el primer gobierno de Adolfo Suárez dictó el decreto-ley de 30 de julio de 1976 de amnistía. Pero, tras las elecciones de 15 de junio de 1977, las primeras Cortes de la democracia, que aprobarían la Constitución meses después, estimaron mejor fórmula elaborar, además, una ley redactada en términos tan amplios que incluso cubría recientísimos delitos de sangre atribuidos a ETA. Esta ley -42/1977 de 15 de Octubre- fue aprobada por la totalidad del arco parlamentario, con sólo 2 votos en contra y 18 abstenciones de diputados de AP. Es decir, dado que, según nos quieren vender ahora, se trataba de una ley de punto final hecha por y para el franquismo, dicho punto final habría sido paradójicamente votado por todos salvo, precisamente, por aquellos a los que la izquierda considera herederos del franquismo. Vivir para ver.

Pero ocurre que las leyes son generales, salvo previsión expresa en contra. Y basta leer la corta ley 42/77 para comprobar que lo que se amnistía son actos o conductas, no sujetos concretos. Por eso, la extinción de responsabilidades por la comisión de tales actos se produce abstracción hecha de quienes fueran, rojos o azules, sus autores. Así debía ser en aras de la reconciliación nacional. Y así es. Lo contrario es golpismo.

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