El Consejo Consultivo pide al Consistorio que indemnice a unos vecinos por el ruido

Considera justos los 34.000 euros que los residentes solicitan por daños morales

R. S.

30 de marzo 2009 - 05:03

El Consejo Consultivo de Andalucía ha emitido una resolución en la que asegura que el Ayuntamiento de Sevilla debe indemnizar en 33.950 euros a los vecinos afectados por una discoteca, que obtuvo licencia de apertura pese a estar en una Zona Saturada de Ruidos y en contra de las normas municipales.

El Consejo Consultivo de Andalucía critica la "dudosa rectitud" del Ayuntamiento y lo "irrazonable" de su comportamiento, al conceder una licencia que la ordenanzas municipales "impedían de todo punto". Por ello, en su dictamen, aconseja al Ayuntamiento conceder a los vecinos los 33.950 euros que reclaman por los daños morales sufridos durante los cinco meses que la discoteca permaneció abierta.

Se trata de una comunidad de propietarios próxima a la Plaza de Cuba de Sevilla, donde el 1 de octubre de 2003 obtuvo licencia de apertura una discoteca pese a estar en una Zona Saturada de Ruidos y donde, según la ordenanza municipal contra el Ruido, no se podían abrir pubes, salas de fiestas o tablaos en edificios de viviendas o colindantes con ellas. Pese a las reclamaciones de los vecinos, que entablaron un pleito judicial, el Ayuntamiento "mantuvo a ultranza" su decisión y la discoteca estuvo abierta hasta el 14 de febrero de 2004, con un "empeño denodado" del Consistorio por mantener una licencia que "a todas luces contrariaba lo acordado por la Comisión de Gobierno" municipal al declarar la zona como Saturada de Ruidos, señala el Consejo Consultivo.

El órgano consultivo afirma que el Ayuntamiento persistió en mantener la licencia con el argumento de que la ordenanza contra el Ruido no entró en vigor cuando se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) sino cuando se incluyó una corrección de errores que, por otra parte, "carecía de la más mínima trascendencia". Se trata de un "argumento lisa y llanamente insostenible", según el Consejo Consultivo, que sin embargo encuentra en este dato el único "indicio de razonabilidad en el proceder de la Administración", pues en caso contrario la licencia sería "notoriamente ilegal".

Algunos vecinos han interpuesto recurso contencioso-administrativo para poder disponer de tal informe y formular su demanda de 33.950,48 euros por los daños morales sufridos. Sobre tales daños morales, el Consejo Consultivo considera que no existe ninguna duda de que la licencia irregular vulneró el derecho a la intimidad del domicilio, sin que sea necesario demostrar la intensidad del ruido, según la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

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