Condenado un vigilante privado por agredir a un joven en Plaza de Armas

El agente de seguridad propinó un puñetazo en la cara a la víctima tras requerirle que "se sentara correctamente"

R. S.

11 de enero 2010 - 05:03

La Audiencia de Sevilla ha condenado a un año de cárcel a un vigilante de seguridad que propinó un "fuerte puñetazo" en la cara a un joven por estar mal sentado en un banco, en una agresión que además fue "ilegítima" pues se produjo fuera del centro comercial donde trabajaba el acusado.

La sentencia de la Sección Primera, a la que ha tenido acceso Efe, explica que los hechos se produjeron en la madrugada del 1 de septiembre de 2008 en la explanada situada junto al centro comercial Plaza de Armas de Sevilla, donde dos jóvenes se encontraban "de asueto" sentados sobre el respaldo de un banco.

El acusado J. L. P. C. y otro compañero que prestaba servicios de seguridad en dicho centro comercial salieron al exterior y requirieron a los jóvenes para que se sentaran correctamente, lo que fue acatado por éstos "posiblemente de mala gana y posiblemente con malos modos", según la sentencia.

Cuando los vigilantes se disponían a regresar al centro, el acusado se volvió hacia J. C. J. C. y le propinó "un fuerte puñetazo en la cara, que le hizo caer al suelo de espaldas".

El agredido sufrió una herida en el labio inferior que precisó dos puntos de sutura y un desplazamiento hacia atrás de un diente incisivo que había sido implantado dos años antes, por lo que el fallo establece para él una indemnización de 800 euros.

Los jueces destacan que en este caso solo existen dos versiones contrapuestas en una situación de "tu palabra contra la mía", pero consideran más creíble la del agredido, que además inmediatamente después de la agresión llamó a la Policía, que se hizo cargo de la situación.

Además, consideran que "no es en absoluto verosímil" que el joven golpeara primero al vigilante, cuya constitución es más "recia, robusta y fuerte", mientras que el agredido posee una constitución normal.

La sentencia dice que el comportamiento de los vigilantes "no es ni mucho menos el adecuado", pues solo estaban obligados a velar por las instalaciones del centro comercial y carecían de competencias para ordenar lo que suceda en el exterior, en la plaza pública".

Su actitud, "deslegitimada desde el principio", según el fallo, responde al "estereotipado argumento de aquí mando yo y se hace lo que yo diga".

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