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Andalucía

Alaya repite la imputación a los ex altos cargos que anuló la Audiencia

  • Hace una "motivación reforzada" de sus argumentos contra los ex directores generales de Presupuestos, a los que atribuye delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos.

Victoria pírrica para la defensa de los ex directores generales de Presupuestos Antonio Vicente Lozano y Buenaventura Aguilera. La desimputación en la causa de los ERE fraudulentos de ambos ex altos cargos de la Administración autonómica, que se conoció el pasado martes, tan sólo se ha mantenido tres días, tiempo en el que la juez Mercedes Alaya ha tardado en notificar el nuevo auto en el que, siguiendo las órdenes de la Audiencia de Sevilla, la magistrada ha procedido a realizar una "motivación reforzada" de la imputación de ambos, que han sido citados a declarar para el próximo 12 de mayo, lunes de resaca tras la Feria de Abril.

La decisión de Alaya estaba cantada, por cuanto actuó de la misma forma cuando la Sección Séptima de la Audiencia, al resolver un recurso en el mismo sentido, ordenó levantar la imputación de la ex consejera de Economía y Hacienda Magdalena Álvarez, que fue citada a declarar otra vez.

En el nuevo auto dictado ahora, que tiene fecha precisamente del pasado martes, Alaya salva la indefensión que detectó la Audiencia y la falta de concreción de la imputación inicial de Lozano y Aguilera, limitándose, como la propia instructora reconoce, a "reproducir la imputación que les fue leída detenidamente con carácter previo a su declaración judicial", que tuvo lugar en septiembre pasado y en la que tanto Lozano como Aguilera se acogieron a su derecho a no declarar, el primero después de que la juez le reprochara que estaba haciendo "teatro" en su comparecencia.

Alaya reproduce esa imputación, en la que les atribuye delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos, pero explica porque entiende, "en términos de presunción, cuál fue la ilícita intervención" de Lozano y Aguilera en los hechos que se investigan.

En esa imputación, Alaya le atribuyó a Lozano que era conocedor y partícipe del sistema que se había montado para permitir las transferencias de financiación, y señaló que en 2002 se cambió la partida presupuestaria 481 por la 440.51, de forma que lo que eran ayudas a familias y entidades sin ánimo de lucro pasa a tramitarse con las transferencias de financiación al IFA, que sólo tiene como finalidad "enjugar" las pérdidas de ejercicios anteriores, ajustar las cuentas de pérdidas y ganancias y para gastos generales de exploración.

La juez reprochó a Lozano, que fue director general de Presupuestos entre 2002 y 2009, que no se podían utilizar las transferencias de financiación para conceder las ayudas objeto de la investigación, algo que Lozano admitió que consintió porque lo aprobaba el Parlamento. Con ese sistema, según Alaya, lo que el inculpado pretendía, "en connivencia con otros, era conseguir un sistema fácil para la concesión de ayudas sociolaborales, de forma que bajo el argumento de la agilidad y de la paz social, se otorgaran las subvenciones de espaldas a la Intervención y a cualquier control, vulnerando los principios de objetividad, libre concurrencia, publicidad, transparencia, igualdad y no discriminación".

Alaya aprovecha el nuevo auto para concretar quienes son, a su juicio, los responsables de implantar el modelo que considera fraudulento para la concesión de las ayudas y así explica que "indiciariamente la responsabilidad de introducir el crédito de transferencias de financiación al IFA en el Presupuesto de la Consejería de Empleo, para después ser aplicado a otorgar subvenciones, sería entre otros de los consejeros de Empleo Antonio Fernández y de Hacienda Magdalena Álvarez, así como de los directores generales de Presupuestos Antonio Vicente Lozano y Buenaventura Aguilera, máxime cuando en la Consejería de Hacienda se elaboró el presupuesto del IFA, reflejando indebidamente gastos que no se iban a producir, pues lo que la Agencia realizaba eran pagos por cuenta de la Consejería, los cuales quedaban compensados con las transferencias de financiación, encubriendo al Parlamento el destino final que realmente quería dársele: otorgar subvenciones sociolaborales al margen del procedimiento legal".

La instructora del caso se cuida mucho de no incluir ahora entre esos responsables de la elaboración del "procedimiento específico" a ninguno de los aforados, sobre todo después de haber rechazado la petición de la Fiscalía Anticorrupción de elevar ya al Tribunal Supremo la parte de la causa que afecta a los ex presidentes de la Junta y a los ex consejeros, a los que la magistrada llamó al procedimiento en septiembre pasado empleando una polémica preimputación de los mismos.

La juez le imputó también a Lozano haber tramitado 12 expedientes de modificación presupuestaria en el periodo en el que ocupó el cargo por importe de más de 57 millones de euros, y en el caso de Aguilera otras dos modificaciones presupuestarias por más de 20 millones.

Alaya concluye el nuevo auto citando a declarar de nuevo a ambos ex altos cargos, todo ello "con el fin de colmar la exigencia de sus derechos de defensa", precisa la instructora, que en la misma resolución acuerda dejar sin efecto las medidas cautelares reales relativas a Lozano y Aguilera, a los que Alaya impuso sendas fianzas civiles de 46,6 millones y de un millón, respectivamente.

Aunque este levantamiento de las medidas cautelares también durará poco tiempo puesto que en el auto la magistrada señala que al término de las declaraciones fijadas para el próximo 12 de mayo se celebrará una comparecencia "para decidir, en su caso, la adopción de dichas medidas".

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