Empleo

Aprobadas las ayudas a pymes y autónomos afectados por los sobrecostes energéticos en 2022

Rocío Blanco y Ramón Fernández-Pacheco.

Rocío Blanco y Ramón Fernández-Pacheco. / María José López / EP

El Consejo de Gobierno ha aprobado este martes el decreto ley que establece las bases reguladoras y convoca las subvenciones para pymes y autónomos para compensar el sobrecoste energético de gas natural y electricidad de 2022 por la subida de los precios como consecuencia de la guerra contra Ucrania.

La consejera de Empleo, Rocío Blanco, ha precisado en la rueda de prensa posterior a la reunión que se trata de una medida "urgente y extraordinaria", dotada con 525 millones de euros procedentes de Fondos Europeos, una cantidad "muy considerable" que será abonada antes de que finalice el año en ayudas entre los 300 y los dos millones de euros.

La norma establece las condiciones para acceder a estas ayudas, dirigida a pymes y autónomos "especialmente afectadas" por el incremento excepcional del precio del gas natural y/o la electricidad debido a la crisis internacional de materias primas y suministros, para los consumos efectuados entre el 1 de febrero y el 31 de diciembre de 2022.

El decreto-ley recoge que se considerará potencial beneficiario sólo aquellas pymes y autónomos cuyo importe de la facturación anual en electricidad con respecto a su cifra de negocios para el ejercicio 2022 haya sido igual o superior a un porcentaje que se ha fijado en función de los diferentes sectores de actividad.

Una vez verificada la condición de "especialmente afectada" del solicitante de la ayuda, el cálculo de la misma se basará en el consumo de gas natural y/o electricidad adquirido a proveedores externos y abonado por el solicitante, para lo cual éste deberá ser necesariamente titular de los contratos en el período objeto de la subvención.

La consejera ha recordado que la Junta tiene establecido con las comercializadoras energéticas un acuerdo de colaboración por el que éstas suministran a la administración los ficheros de datos de facturación de sus clientes, cumpliendo las normativas pertinentes de protección de datos, y que hay 40 comercializadoras ya adheridas que cubren un 90 % de la cuota de mercado.

Esto permite la automatización de la ayuda, por lo que los solicitantes no tienen que adjuntar ninguna documentación para el cálculo de la misma.

Tampoco será necesario que los beneficiarios justifiquen posteriormente la subvención, puesto que la ayuda se concede para financiar costes efectivos ya soportados y, por tanto, se habrá comprobado de oficio que esos importes han sido ya afrontados.

Blanco ha precisado que el cálculo de la ayuda tendrá en cuenta el denominado "precio de referencia", esto es, el coste medio por kWh (Kilovatio hora) de 2021 y su comparación con el soportado en el período subvencionable, siendo el importe de la subvención concedida la diferencia que existe entre ambos costes, es decir, el sobrecoste, aplicado al consumo realizado durante el período subvencionable.

Entre los requisitos para acceder a estas ayudas figura la obligatoriedad de que la pyme o autónomo desarrolle su actividad económica en establecimientos ubicados en Andalucía, que sean titulares de contratos de gas natural y/o electricidad con empresas comercializadoras que operen en Andalucía y dispongan, al menos, de un punto de suministro (CUPS) en territorio andaluz.

Se ha debido realizar durante el ejercicio 2021, al menos, una de las actividades económicas previstas en los códigos CNAE detallados en el Anexo I del Decreto-Ley, y mantenerla en el ejercicio 2022, ha indicado la responsable de Empleo, que ha dicho que entre los sectores más afectados figuran las industrias extractivas, artes gráficas, comercio, hostelería y transporte aéreo y marítimo, entre otros.

En el caso de que la persona trabajadora autónoma tenga su lugar de trabajo en su vivienda habitual, sólo podrá ser beneficiaria de la ayuda cuando estén debidamente diferenciadas con contadores independientes del de la vivienda, ya que no serán subvencionables los consumos energéticos domésticos.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios