Fomento

La Junta reformará 42 artículos de la Lista para evitar el recurso de inconstitucionalidad

La consejera de Fomento, Marifrán Carazo, en el Parlamento.

La consejera de Fomento, Marifrán Carazo, en el Parlamento. / M. G.

El Gobierno andaluz procederá a la reforma de los 42 artículos de la Ley 7/2021 de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía (Lista) que la Administración del Estado había señalado como susceptibles de ser objeto de un recurso ante el Tribunal Constitucional (TC), así como la Disposición Final quinta y la Disposición Adicional novena, después de aceptar la prevalencia jurídica de la legislación básica del Estado.

El acuerdo, cuyo desenlace el Gobierno andaluz ya avanzó el 25 de agosto, se revela en su integridad con la publicación este lunes en el BOE y el BOJA del pacto de ambas administraciones en el seno del grupo de trabajo creado dentro de la Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Controversias de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Andalucía.

De esta manera, el texto señala que "ambas partes coinciden en considerar resueltas las discrepancias manifestadas y concluida la controversia planteada" y "comunicar este acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos" en la ley reguladora de este órgano.

Las discrepancias del Estado con la Junta de Andalucía se han centrado, entre otros aspectos, en materias como la invalidez de los instrumentos de ordenación territorial y urbanística, la colaboración público-privada, el suelo rústico, contenido urbanístico de la propiedad del suelo, derechos y deberes de la propiedad del suelo urbano y rústico, principios básicos para la ordenación del litoral, la declaración de interés autonómico o el proyecto de interés autonómico.

De manera reiterada a lo largo de las cinco páginas del acuerdo la expresión más leída es que "ambas partes acuerdan que su interpretación y aplicación conforme al orden competencial debe hacerse de conformidad con lo dispuesto en la normativa básica estatal", a la que se suma en muchas otras ocasiones la especificación de que la Junta de Andalucía acepta como referencia legal el texto refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana (LSRU).

Así sucede en el artículo 9.4 cuando se apunta, además de que "debe hacerse de conformidad con lo dispuesto en la legislación estatal", que seguirá las indicaciones en la Ley del Suelo "en el sentido de que se entrega a la Administración el suelo que permite a la comunidad participar en las plusvalías generadas por una actuación urbanística, con destino al respectivo patrimonio público de suelo".

De igual forma la Junta se ha comprometido con el Estado a incluir una disposición adicional en la Lista donde acepta, hasta en tres ocasiones, un precepto cuya redacción literal se reproduce.

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