Estas son las ventajas fiscales a las que pueden acogerse los jóvenes andaluces para comprar una vivienda: así puedes reducirte el impuesto de donaciones

La reducción en el impuesto de donaciones será de un máximo de 120.000 euros para los contribuyentes con patrimonio inferior a 400.000 euros

Los jóvenes avalados por sus progenitores para comprar su vivienda habitual en Andalucía están exentos del pago del impuesto de donaciones.
Los jóvenes avalados por sus progenitores para comprar su vivienda habitual en Andalucía están exentos del pago del impuesto de donaciones. / Freepik

El precio medio de compraventa de vivienda en Andalucía alcanzó el pasado mes de septiembre su máximo histórico, 2.679 euros por metro cuadrado, según datos del portal Idealista. El acceso a la propiedad es una de las principales barreras a la emancipación de los jóvenes, ya que solo el 12% de los andaluces menores de 30 años vive fuera del hogar familiar, asegura el Consejo de la Juventud. En este contexto, los progenitores se erigen como los principales avalistas de los jóvenes a la hora de comprar una casa.

Una de las fórmulas más empleadas son las donaciones de dinero, la cual conlleva el pago del Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD). No obstante, la Junta de Andalucía ofrece una bonificación del 99% para los menores de 35 años que reciban una donación para la compra de vivienda habitual. A continuación, te explicamos cuáles son los requisitos.

Cómo reducirte un 99% del impuesto de donaciones en Andalucía

De acuerdo con Decreto Legislativo 1/2018 de la Junta de Andalucía, los donatarios que perciban dinero de sus ascendientes, o de las personas que realicen un acogimiento familiar permanente y guarda con fines de adopción, podrán acogerse a una reducción del 99% del importe de la base imponible del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, cuando concurran las siguientes circunstancias:

  • Que el donatario sea menor de 35 años o tenga la consideración de persona con discapacidad
  • Que el patrimonio preexistente del donatario sea inferior a 402.678,11 euros
  • Que el importe íntegro de la donación se destine a la compra de la primera vivienda habitual
  • La vivienda deberá estar situada en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía
  • La adquisición de la vivienda deberá efectuarse dentro del periodo de autoliquidación del impuesto correspondiente a la donación, debiendo aportar el documento en que se formalice la compraventa. En este documento deberá hacerse constar la donación recibida y su aplicación al pago del precio de la vivienda habitual

La base máxima de la reducción será 120.000 euros, con carácter general. No obstante, cuando el donatario tenga la consideración de persona con discapacidad, la base de la reducción no podrá exceder de 180.000 euros.

En el caso de dos o más donaciones, provenientes del mismo o de diferentes ascendientes o personas equiparadas a éstas, la base de la reducción será el resultado de sumar el importe de todas ellas, sin que pueda exceder de los límites anteriormente señalados.

Otras ventajas fiscales para los jóvenes andaluces en materia de vivienda

La Junta de Andalucía ha anunciado otras medidas orientadas a facilitar el acceso de los jóvenes a una vivienda. El Gobierno de Juanma Moreno ha anunciado que las deducciones en el tramo autonómico del IRPF para menores de 35 años que alquilen una vivienda se ampliarán a los 1.200 euros frente a los 900 euros actuales. Otros colectivos vulnerables como mayores de 65 años y víctimas de violencia de género y del terrorismo podrán acogerse a esta rebaja, mientras que las personas con discapacidad podrán desgravarse hasta 1.500 euros por este concepto.

Asimismo, el límite de ingresos en tributación individual se establecerá en 25.000 euros, con respecto a los 19.000 que rigen en la actualidad. Esta medida se aplicarían en la declaración de la renta de 2025, no obstante queda sujeta a la aprobación del presupuesto autónomico en el Parlamento.

Los andaluces menores de 35 años pueden acogerse en la actualidad a otras bonificaciones fiscales:

  • Deducción del 6% en la declaración del IRPF por la compra o rehabilitación de una vivienda para su residencia habitual.
  • Tipo superreducido del 3,5% en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) para la compra de vivienda habitual hasta un valor de 150.000 euros, con un límite máximo de 5.250 euros.
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