Un juez falla a favor de más de 98.000 clientes de Gas Natural Andalucía
Gas Natural va a devolver los derechos de alta y el canon de Instalaciones Receptoras Comunitarias (IRC) cobrados con anterioridad a la regulación de ambos conceptos, en 2004 y 2005, respectivamente, en ejecución de una sentencia de la Audiencia de Córdoba. Según fuentes consultadas por este medio, la cifra de beneficiados por esta sentencia ascendería a 98.000 clientes.
Gas Natural ha informado de que procederá a la devolución automática de los importes a aquellos clientes que hayan mantenido el servicio desde la fecha de cobro de esas cantidades y consignará fondos a una asociación que deberá gestionar las devoluciones para aquellos beneficiarios que no mantengan el servicio a día de hoy.
Este nuevo mecanismo de devolución se crea al amparo del auto de ejecución de la Audiencia Provincial de Córdoba, de 22 de diciembre de 2014, que fija definitivamente las condiciones de ejecución de la sentencia del Juzgado de Primera Instancia de Córdoba, modificando las fijadas con anterioridad. Según explica la nota, el Juzgado de Primera Instancia de Córdoba, en sentencia dictada en julio de 2003, anulaba dos cláusulas contenidas en determinados contratos de Gas Natural Andalucía en cuya virtud cobraba los conceptos de Derechos de Alta y Canon de Instalaciones Receptoras Comunitarias, afirmando que no estaban regulados por la legislación vigente.
La compañía señala que prestaba a sus clientes el servicio de visita y revisión de la instalación para el inicio de suministro de gas natural y el uso de las instalaciones receptoras comunitarias, y facturaba por ello, aunque, "en la fecha referida en la sentencia la Administración no había reglado cómo debían efectuarse el cobro de esos servicios".
La mencionada sentencia devino firme en 2007 y desde esa fecha Gas Natural Andalucía está tramitando reclamaciones y realizando las devoluciones correspondientes.
No hay comentarios