La empresa que gestiona el vertedero de Nerva obtiene la licencia para ampliarlo

Revés judicial para el Ayuntamiento al darle la razón la juez a Befesa por "silencio administrativo".

Domingo Domínguez, alcalde de Nerva.
Domingo Domínguez, alcalde de Nerva.
Raquel Rendón Huelva

18 de noviembre 2014 - 05:04

Revés judicial para el Ayuntamiento de Nerva. La titular del Juzgado de los Contencioso-Administrativo 2 de Huelva ha estimado el recurso presentado por la empresa que gestiona el vertedero de la localidad, Befesa, contra la denegación municipal de la licencia de obras solicitada por la mercantil el 17 de junio de 2008 para la ejecución del Proyecto de recrecido y clausura del depósito de residuos peligrosos a cota de coronación según proyecto básico, con el que pretende elevar la cota de acumulación de desechos industriales hasta la +305.

Como consta en la sentencia, debe "entenderse otorgada la licencia solicitada por silencio administrativo". La magistrada refiere que transcurrieron más de tres meses desde la fecha de solicitud "sin que se hubiera notificado resolución expresa", por lo que el posterior acto denegatorio notificado el 16 de diciembre de 2008 "debe ser declarado no ajustado a derecho", remarcando que desde la instancia de Befesa hasta la resolución "habían ya transcurrido prácticamente seis meses".

El 3 de septiembre de aquel año, a falta de 14 días para que expirase el plazo que desembocaría en la concesión de la licencia "por vía de silencio", el Ayuntamiento de Nerva solicitó a la Delegación Provincial de Medio Ambiente la emisión de un informe aclaratorio.

La pretensión de la Administración local era que la Junta de Andalucía se pronunciara sobre "las diferencias detectadas en las soluciones puestas de manifiesto", garantizando que todo estaba en orden en relación a la Autorización Ambiental Integrada (AAI) y comparando el proyecto inicial con las posibilidades de ampliación por encima de la cota +305. Asimismo, le pedía que analizara las medidas técnicas adoptadas por la empresa para garantizar la seguridad de los vertidos, así como "las medidas que se proponen para garantizar el depósito de las cantidades previstas en la autorización".

Al hilo de esta petición, el mismo 3 de septiembre de 2008 se acordó la suspensión del procedimiento, es decir, que los tres meses de plazo quedaron congelados a sólo 14 días del tiempo máximo para su resolución. Sin embargo, la titular del Contencioso 2 de Huelva remarca que para que esta suspensión se produzca debía existir un informe preceptivo de la Junta de Andalucía. Y en ese momento no existía. Medio Ambiente se mantuvo en silencio durante más de un mes.

Contra la sentencia cabe todavía recurso en apelación ante la Audiencia Provincial de Huelva.

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