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Las subvenciones de la Junta

Las empresas no irán a concurso si contratan

  • La Junta conveniará además "paquetes formativos" Permitirá otro tipo de ingresos a los centros públicos

La implicación de las empresas aparece como uno de los nuevos objetivos de la Ley de Formación Profesional de Andalucía. La intención es el cambio del modelo: pasar de la formación a desempleados en cursos formativos a que las empresas se involucren en la formación, no sólo de sus propios trabajadores, sino de los que pueden llegar a serlo. Para ello, la ley prevé que se establezcan mecanismos para incentivar y regular la participación de las empresas, teniendo en cuenta las especificidades de las pymes.

Las empresas que incluyan en sus acciones formativas compromisos de contratación podrán financiarse mediante subvenciones públicas en régimen de concesión directa, sin pasar por un concurso previo. Así está establecido en el real decreto 357/2006, de 24 de marzo, por el que se regula la concesión directa de determinadas subvenciones en los ámbitos del empleo y de la formación profesional ocupacional. El compromiso es del 60% de los alumnos durante seis meses.

La ley andaluza también prevé salvar del concurso a los centros privados y a las administraciones que oferten "paquetes de formación". Éstos recibirán fondos públicos mediante un convenio con la Administración. Todos los demás centros privados e instituciones lo harán mediante concurso en competición de ofertas.

Los centros públicos, y ésta es otra de las novedades que recogerá la ley, no sólo se financiarán por los recursos que presupuestariamente le asigne la Junta de Andalucía, sino que podrán también financiarse mediante la obtención de otros ingresos derivados de la prestación de servicios distintos de los gravados por tasas y también con fondos de entes públicos, privados e incluso particulares. La Consejería de Educación tendrá que explicar esa financiación por tasas, ya que la formación profesional para el empleo tiene carácter gratuito, a no ser que la Junta vaya a externalizar estos servicios.

La ley se centrará en la mejora de la formación del profesorado (podrán impartir formación empleados públicos no docentes y profesionales acreditados) y en la elaboración de un plan plurianual de investigación e innovación.

Otra de las patas de la futura ley es la formación dual, una experiencia que también recoge la regulación nacional. Esta oferta permite compatibilizar el estudio y la formación con la actividad laboral u otras responsabilidades, así como con otras situaciones personales que dificulten el estudio en régimen presencial.

Con este fin, la ley señala que podrá ofertarse de forma completa o parcial y desarrollarse en régimen presencial, semipresencial o a distancia o teleformación, utilizando las tecnologías de la información y la comunicación, la combinación de ambas y concentrarse en determinados períodos anualmente.

La financiación de las políticas activas de empleo se realiza mediante las cuotas de los trabajadores. Algunos agentes sociales tienen dudas de si la Junta puede regular este aspecto y la acusan de obviar la normativa en políticas activas de empleo y la negociación colectiva. "Regula lo que no puede regular", apuntan. Otra de las dudas está en la creación de un sistema andaluz de cualificaciones profesionales. Los certificados tienen que ser a nivel nacional, o europeo, por lo que no tendría sentido, sostienen las mismas fuentes, unas acreditaciones específicas sólo para Andalucía.

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