Dos Hermanas

El Supremo confirma la absolución del portavoz del PSOE en Dos Hermanas por "daños morales" a raíz del caso Varela

  • El alto tribunal coincide en que las referencias a las adicciones entraban en el "debate político" y había relación con la pregunta que se planteó en el Pleno

  • El ex candidato de Cs había recurrido, después de que una primera sentencia sí le diera la razón

El portavoz del gobierno municipal de Dos Hermanas, Agustín Morón.

El portavoz del gobierno municipal de Dos Hermanas, Agustín Morón. / M. G.

El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado finalmente el recurso de casación del ex candidato de Cs a la Alcaldía nazarena en 2015, Manuel Varela, contra la sentencia de la Audiencia de Sevilla que revoca la condenaba al concejal socialista y portavoz del gobierno local de Dos Hermanas, Agustín Morón, a indemnizar con 60.000 euros a Varela por "daños morales". Así, el Supremo confirma la revocación de la condena inicial y la absolución del edil socialista.

Esta sentencia, emitida el 26 de julio, analiza el recurso de casación de Manuel Varela -quien denunció en 2015 un presunto "chantaje" para forzar su renuncia como candidato de Cs a la Alcaldía- contra una sentencia de la sección sexta de la Audiencia de Sevilla que, en 2020, revocó otra del Juzgado de Primera Instancia que sí condenó a Morón. En concreto, a  indemnizar a Varela con 60.000 euros por "daños morales", debido a las "las expresiones proferidas" en un pleno, el 13 de mayo de 2016, en las que hizo referencia a supuestas adicciones del mismo y que eso puede restarle credibilidad. Para el juzgado, excedió con tales expresiones "el derecho a la libertad de expresión". No no vio así la Audiencia.

Varela elevó al Supremo un recurso de casación, alegando una posible vulneración de la doctrina jurisprudencial del propio TS sobre la colisión entre los derechos fundamentales al honor y a la libertad de expresión; dando lugar a esta nueva sentencia.

El Supremo razona que las expresiones enjuiciadas se encuadran en el debate de una moción de IU y Sí Se Puede en demanda de que el PSOE diese "explicaciones" sobre la "supuesta extorsión" al que fuese candidato de Cs, considerando que "el debate era político, aunque el demandante no estuviera en activo como concejal, si bien lo fue y candidato a la Alcaldía".

En ese contexto, considera que el edil socialista de Dos Hermanas "actuó en propia defensa" durante el debate plenario y "no propició la difusión del objeto de la investigación penal, sino que lo hicieron los legítimos promotores de la moción". Dado el caso, "procede atribuir el máximo nivel de eficacia justificadora del ejercicio de la libertad de expresión frente al derecho al honor cuando los titulares de este son personas públicas, ejercen funciones públicas o resultan implicados en asuntos de relevancia pública", según el Supremo.

Por eso, el Tribunal Supremo desestima el recurso de casación de Varela y confirma la sentencia de la Audiencia que revoca la condena inicial, imponiendo además las costas al recurrente.

Esta sentencia surge después de que el pasado mes de abril, las acciones judiciales promovidas por Varela por el supuesto "chantaje" quedasen resueltas con un acuerdo de conformidad entre las partes, fruto del cual Varela retiró su acusación contra el expresidente del PP de Dos Hermanas Manuel Alcocer y Francisco Javier Romero; aceptando el periodista José Luis Olivares dos meses de cárcel sustituibles por una multa de 480 euros y una indemnización de 80.000 euros en favor de Varela "por los daños morales ocasionados"; por la autoría de un delito de encubrimiento con las atenuantes de reparación del daño y dilaciones indebidas.

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