El borrador que realizaremos este 2021 trae una novedad principalmente significativa, ya que sube el IRPF para aquellas que tengan planes de pensiones, cuando se agote el límite de 8.000 euros, y para las rentas más altas. Dichas rentas deben ascender del umbral de los 300.000 euros anuales o que superen el límite establecido en rentas del ahorro de 200.000 euros.
Según indica OCU serán tres los principales nuevos cambios que trae 2021 a la hora de tributar el IRPF en la declaración de la renta.
Recorte a las pensiones
Lo primero que se reduce es la cantidad que se puede aportar al año en ciertos productos que más tarde se podía deducir a las rentas sujetas al IRPF:
- Hasta el 30 % de tus rentas del trabajo o bien 8.000 euros podía aportarse, con derecho a ventaja fiscal, a los planes de pensiones, pero en 2021 este límite se fija en 2.000 euros. Si bien, es cierto que si el precio llega a los 8.000 euros pero es de la propia empresa hacia ti y es la encargada de aportar este capital sí que estará permitido.
- La aportación del cónyuge y que se dedujera por ella, en rentas bajas, pasa de los 2.500 euros a los 1.000 euros anuales.
- Si pagas seguros privados de dependencia, para ti o para otros, debes saber que la aportación económica se reduce de 8.000 euros a 2.000 euros.
Aumento del gravamen en la renta general
Hasta el año 2020 existían 5 tramos en los que se dividía la escala de gravamen estatal aplicada a la base liquidable general. Pues bien, a partir de 2021 esta escala se amplia significativamente con un escalafón más: existirá a partir de ahora un sexto tramo.
Este nuevo escalón va aplicado a las rentas cuya base exceda de 300.000 euros, a los que se les empezará a aplicar una deducción del 24,50 % en vez del ya conocido 22,50 %. A esta renta general pertenecen generalmente los salarios, los rendimientos de la actividad empresarial y profesional, las rentas del alquiler, los premios e indemnizaciones.
Aumento del gravamen en la venta del ahorro
Son rentas de ahorro los intereses de cuentas y depósitos, así como lo derivado de vender obligaciones y bonos o seguros de vida. Se definen como rentas del ahorro a todas aquellas ganancias reales que se obtienen de la venta de bienes y con las que se imputan al donante aunque este no haya recibido nada.
Hasta 2020, esta base liquidable tributaba de la siguiente manera: los primeros 6.000 euros de la base liquidable del ahorro pagan un 19%, las cantidades siguientes, entre 6.000,01 y 50.000 euros, un 21%. Finalmente, lo que excediera de 50.000, pagaba un 23% el año pasado. Ahora paga un 23% todo aquello que esté entre 50.000,01 y 200.000 euros. Y además en 2021 se agrega un escalafón más y cuando se exceda de 200.000 euros pasa de aplicársele un 23 % a un 26 %.
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