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Economía

El aplazamiento del pago de impuestos se amplía otro mes más

  • El Ejecutivo retrasa excepcionalmente a septiembre la publicación de la nueva lista de contribuyentes morosos con Hacienda

Una oficina de la Agencia Tributaria antes del estado de alarma.

Una oficina de la Agencia Tributaria antes del estado de alarma. / Efe

El Gobierno ha ampliado a cuatro meses (un mes más) el plazo para ingresar impuestos sin intereses de demora en los aplazamientos tributarios motivados por el impacto de la Covid-19, según el nuevo real decreto con medidas urgentes en materia económica aprobado este martes por el Consejo de Ministros.

Así lo comunicó la portavoz del Gobierno y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, al término de la reunión del Consejo de Ministros, donde indicó que se trata de un decreto que prorroga algunas normas ya aprobadas y que adopta nuevas medidas “transversales” en cinco ámbitos económicos diferentes.

En cuanto al aplazamiento fiscal, Montero recordó que el Gobierno aprobó el 12 de marzo el aplazamiento de impuestos de hasta 30.000 euros para pymes y autónomos durante seis meses, los tres primeros sin pago de intereses, que ahora se amplían a cuatro. “Se trata de una medida de alivio importante”, indicó la ministra.

Así, Montero apuntó que hasta el día de ayer se habían presentado 1.016.688 solicitudes de aplazamiento de impuestos, que han beneficiado a 638.652 autónomos y pymes, por un importe conjunto que supera los 3.031 millones de euros.

En materia fiscal, junto con la ampliación a cuatro meses del plazo para pagar impuestos sin intereses, el decreto contempla también distintas aclaraciones sobre la presentación del Impuesto sobre Sociedades, de tal manera que las sociedades que no hayan podido aprobar sus cuentas anuales antes de acabar el plazo como consecuencia del Covid-19, lo puedan presentar con las cuentas anuales disponibles en ese momento.

Igualmente, se habilita un régimen especial para presentar otra declaración, sin recargos por la presentación fuera de plazo, cuando las cuentas anuales de la sociedad se hayan podido aprobar, cuyo plazo expira el próximo 30 de noviembre.

El Gobierno también anunció que ha retrasado hasta septiembre de este año y de manera “excepcional” la publicación de la lista de morosos con la Agencia Tributaria “para que puedan resolverse con todas las garantías los procedimientos establecidos teniendo en cuenta la situación de crisis sanitaria”.

Con carácter general este listado debe publicarse en el primer semestre de cada año (normalmente se publica en junio), por lo que se amplía el plazo en 2020 como máximo hasta el 30 de septiembre en atención a la emergencia sanitaria que se ha producido.

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