El juez envía al fiscal general del Estado al banquillo y le pide una fianza de 150.000 euros

El juicio por revelación de secretos se celebrará en otoño

García Ortiz se defiende en el acto de apertura del Año Judicial

El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, en el acto de apertura del año judicial junto a Isabel Perelló, Felipe VI y Félix Bolaños.
El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, en el acto de apertura del año judicial junto a Isabel Perelló, Felipe VI y Félix Bolaños. / Chema Moya / Efe
R.E.

09 de septiembre 2025 - 13:33

Ángel Luis Hurtado, magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, ha ordenado en un auto la apertura de juicio oral al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, por un presunto delito de revelación de secretos por haber facilitado el contenido confidencial de un correo electrónico que el abogado del novio de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Alberto González Amador, había enviado al fiscal del caso que se seguía contra él. García Ortiz será, así, el primer fiscal general que sienta en el banquillo.

Ángel Luis Hurtado acusa en su auto a García Ortiz que “indiciariamente, haber revelado, en su condición de fiscal general del Estado, secretos de los que pudo haber tenido conocimiento por razón de su cargo, como presumible autor de un delito previsto y penado en el artículo 417 del Código Penal, pues, como se viene exponiendo, no concurre supuesto alguno por el que sea procedente algún tipo de sobreseimiento”.

El juez le impone una fianza de 150.000 euros por posibles daños a González Amador, que llevaría a un embargo de sus bienes si no aporta esta cantidad. El magistrado rechaza que el juicio conlleve la suspensión de García Ortiz como fiscal general.

Una vez que el auto se ha emitido, la Sala de lo Penal deben fijar la fecha para la vista. El juicio se podría celebrar este otoño y tendrá sentencia antes de final de año.

García Ortiz está, por tanto, acusado de un delito de revelación de secretos, por lo que se enfrenta a una pena de hasta seis años y medio de cárcel, tal y como solicita una de las acusaciones populares que actúan contra él. La Fiscalía ya ha pedido el sobreseimiento.

"Vacío legal" para la suspensión temporal

En la misma resolución, rechaza la petición de la APIF de suspender cautelarmente a García Ortiz como fiscal general, explicando que existe "un vacío legal sobre este particular".

Hurtado recuerda que hay una regulación para acordar la suspensión de cualquier miembro de la carrera fiscal por vía administrativa, que no contempla la del fiscal general del Estado.

El magistrado entiende que esta laguna normativa "no debe servir para dar el salto de sacar la suspensión del único procedimiento contemplado para cualquier miembro, que se ha de sustanciar por su propio régimen jurídico, y derivarlo funcionalmente a la competencia para decidir sobre ello al juez de instrucción, cuando esa vía administrativa es la adecuada".

"Y, si el problema es que en ella no ha de ser el propio fiscal general del Estado el que resuelva sobre su propia suspensión, por estar siendo investigado en la presente causa, en ella debieran articularse los mecanismos para que se encargue de hacerlo quien le sustituya, si esta alternativa se considerase viable en esa vía y que hay alguna forma de cubrir tal vacío legal", dice.

Por ello, aunque descarta ordenar por vía judicial la suspensión cautelar de García Ortiz como jefe del Ministerio Público, acuerda enviar su resolución a la Inspección Fiscal de la Fiscalía General para que, en su caso, resuelva lo que proceda y le informe de la decisión adoptada.

El correo electrónico clave

En su resolución, Hurtado insiste en que el citado mail contenía "información sensible relativa a aspectos y datos personales de un ciudadano, que habían sido aportados con vistas y a los efectos de un ulterior proceso penal, en el curso de unas conversaciones privadas entre su letrado y el fiscal encargado del caso, sujetos a los criterios de reserva y confidencialidad por parte de la Fiscalía, que han de presidir este tipo de conversaciones".

El magistrado expone que, dado ese "deber de discreción", "no es tolerable divulgación alguna a terceros sin autorización del interesado, cuya reputación bien pudiera verse perjudicada por esa revelación".

A ello añade que la filtración del correo "pone en cuestión el prestigio de la institución, con el menoscabo que ello comporta", destacando en este sentido "el cometido y la función constitucional que le viene encomendada al Ministerio Fiscal, sujeto en esa función a principios como el de legalidad e imparcialidad".

Hurtado opina que estos principios "pueden quedar en entredicho en la medida que su actuación se viera comprometida por indicaciones externas, y, sin duda, tener indudables efectos perjudiciales en el fundamental derecho de defensa del afectado".

Para el magistrado, todo ello fue asumido por García Ortiz, desde el momento en que, "a una información confidencial de la que tuvo conocimiento por razón de su cargo como fiscal, le dio una publicidad que no debió alcanzar, como alcanzó, al salir del ámbito de reserva para el que fue concebida".

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