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El caso de los ERE
La Fiscalía Anticorrupción ha solicitado una condena de seis años de cárcel para el empresario José María Sayago y dos años para el ex director de Trabajo Daniel Alberto Rivera, en relación con las ayudas de 34.264.273 euros concedidas al denominado "tándem" de la Sierra Norte, compuesto por los empresarios José Enrique Rosendo -fallecido en 2016- y el propio Sayago, mientras que solicita otros cinco años de cárcel como cooperadores de malversación a los empresarios Eduardo Lora, Manuel Valdecantos y Manuel Robles.
El juez de refuerzo José Ignacio Vilaplana ha dictado un auto en el que acuerda la apertura de juicio oral contra el ex director general de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía Daniel Alberto Rivera y otras cuatro personas investigadas en esta relevante pieza separada del caso ERE, en la que se han investigado presuntas irregularidades en las ayudas concedidas por la Administración autonómica por un importe total de 34.264.273 euros al “entramado empresarial” radicado en la Sierra Norte de Sevilla.
En un auto fechado el día 10 de mayo, el magistrado abre juicio oral contra el ex alto cargo de la Junta y otros tres investigados por delitos de prevaricación administrativa y malversación de caudales públicos, mientras que contra el quinto de los investigados acuerda la apertura de juicio oral por delitos de prevaricación, malversación y, alternativamente, delitos de estafa o de apropiación indebida.
El juez requiere a los acusados para que, en el plazo de un día, presten cada uno de ellos distintas fianzas -que oscilan entre los 75.500 euros que fija para Daniel Alberto Rivera y los 18,2 millones que establece para Sayago- para asegurar las responsabilidades pecuniarias que pudieran imponerse, con el apercibimiento de que, de no prestarlas, se les embargarán bienes en cantidad suficiente para asegurar la suma impuesta.
Asimismo, Vilaplana acuerda la apertura de juicio oral contra un total de 17 entidades en calidad de responsables civiles subsidiarios, a quienes igualmente requiere el pago de fianzas que oscilan entre 300.000 euros y 6.414,566,16 euros.
En su escrito de acusación, el Ministerio Público solicita para el ex director de Trabajo de la Junta dos años de cárcel y seis años de inhabilitación especial para empleo y cargo público por un delito de prevaricación en concurso medial con un delito de malversación, mientras que, por estos mismos delitos, pide para otros tres acusados cinco años de prisión y doce años de inhabilitación absoluta, y para Sayago seis años de cárcel y quince años de inhabilitación absoluta.
En concepto de responsabilidad civil, reclama que indemnicen a la Junta en diferentes cantidades. La acusación que ejerce la Junta no ejercita pretensión de condena frente al ex alto cargo de la Junta investigado en esta pieza separada y solicita para dos de los encausados cinco años de prisión y seis años de inhabilitación absoluta por un delito continuado de malversación, y siete años de inhabilitación especial para empleo o cargo público por un delito continuado de prevaricación.
Asimismo, la Junta pide para los otros dos acusados tres años y seis meses de inhabilitación especial para empleo o cargo público por el delito de prevaricación, y tres años de cárcel y cinco años de inhabilitación absoluta por el delito de malversación, así como que los cuatro investigados indemnicen a la propia Administración autonómica con distintas cantidades.
El juez, en el auto, argumenta que procede decretar la apertura de juicio oral contra el ex director general de Trabajo Daniel Alberto Rivera al existir indicios “suficientes y solventes” de que “sí tuvo intervención -y, por tanto, podría ser partícipe y responsable- en los hechos delictivos por los que ser procede, ordenando y disponiendo –de manera arbitraria e injusta- de los fondos públicos constitutivos del ilícito pago de parte de las ayudas objeto de las actuaciones (en este caso, concedidas en favor de Explotaciones Agrícolas Sanluqueñas S.A.)”.
Así, pone de manifiesto que, “si bien es cierto que la Junta de Andalucía no ejercita pretensión de condena frente a Daniel Alberto Rivera y, por consiguiente, no deduce tampoco pretensión indemnizatoria frente a dicho acusado, es lo cierto que la Junta no ha renunciado en la presente causa al resarcimiento de los daños y perjuicios que pudieran corresponderle, ni ha hecho reserva de acciones civiles en relación a los hechos delictivos objeto del presente procedimiento abreviado”.
Por ello, el magistrado considera que “nada obsta a que el Ministerio Fiscal dirija en solitario -la acusación popular carece de legitimación para solicitar ese resarcimiento por cuenta del perjudicado- la correspondiente pretensión de resarcimiento dirigida contra todos y cada uno –incluido Rivera- de los presuntos responsables penales y civiles frente a los que se decreta la apertura de juicio oral”.
En el auto donde acordó procesar a lo cinco investigados, dictado el día 23 de noviembre de 2020, el magistrado explicaba que el objeto de estas actuaciones lo constituye “la presunta ilicitud de las ayudas y subvenciones concedidas extramuros de la legalidad” por la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía, y abonadas por la agencia IFA/IDEA, en favor de distintas empresas y entidades vinculadas con uno de los investigados y una segunda persona fallecida en enero de 2016 por un importe total aproximado de 34,2 millones de euros.
En este sentido, el instructor precisa que el “tándem” compuesto por ambos empresarios “habrían constituido diversas empresas y sociedades interrelacionadas, muchas” de las cuales “carecían de actividad y trabajadores, y que tenían por objeto recibir subvenciones y ayudas de la Junta para, seguidamente, realizar el traspaso de fondos a distintas sociedades del mismo entramado, posibilitándose así, mediante este número de sociedades interpuestas, que el grupo controlado por ambos investigados percibiera fraccionadamente y de modo coordinado, en connivencia con responsables de la Junta, múltiples subvenciones, evitando en muchos casos con las cuantías de las ayudas sobrepasar los límites competenciales de la Consejería de Empleo y en su caso del Consejo Rector de IFA/IDEA”.
El juez añade que el total de las ayudas que se habrían concedido “ilícitamente, sin que existiera solicitud o se acompañaran proyectos, memorias o planes de viabilidad por parte de los investigados, habría ascendido a la suma aproximada de 34 millones de euros por el sólo interés ilegítimo de favorecer a ambos investigados y a su grupo de empresas por parte de la Administración autonómica”, precisando que, de estos 34 millones, “existieron resoluciones de ayudas por el correspondiente director general de Trabajo por importe aproximado de 27.928.772 euros, suscribiéndose también adicionales convenios de colaboración con IFA/IDEA para materializar el pago de estas ayudas por importe de 16.461.132 euros”.
Por último, Vilaplana indica que, de los 24 convenios suscritos para “favorecer” a este grupo, los investigados “habrían conseguido, gracias a sus importantes relaciones e influencias en la Consejería de Empleo e IFA, que veinte de ellos se efectuaran entre julio de 2003 y febrero de 2004”, punto en el que destaca que, de todas las ayudas concedidas, “destacan por su especial concentración” las recibidas por Matadero de la Sierra Morena S.A., con aproximadamente 7,5 millones de euros, mientras que otras entidades que “recibirían importantes ayudas” serían Arcadia Emprendedora S.L., Sociedad del Desarrollo de El Pedroso S.L. (Sodelp) y Marco de Estudios y Proyección Siglo XXI, “que fueron beneficiarias de ayudas por más de dos millones de euros”.
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