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El CGPJ prorroga durante un año la especialización en Sevilla de un juzgado para las cláusulas abusivas

Una protesta contra las cláusulas suelo.

Una protesta contra las cláusulas suelo. / EFE

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha acordado prorrogar durante un año el plan de especialización de un juzgado de Sevilla en materia de cláusulas abusivas. Se trata del juzgado de Primera Instancia n.º 29 de Sevilla, que seguirá dedicándose de manera exclusiva y excluyente a estos asuntos durante 2023.

La Comisión Permanente del máximo órgano de gobierno de los jueces ha decidido prorrogar entre seis meses y un año el plan de especialización en 16 órganos judiciales en los que su vencimiento estaba previsto para el próximo día 31. En los otros seis juzgados en los que el plan se mantenía activo, da por concluida la medida ante la significativa disminución de los asuntos pendientes y la normalización en la entrada de nuevas demandas. 

El plan de especialización en cláusulas abusivas fue puesto en marcha por el CGPJ el 1 de junio de 2017 y, desde esa fecha hasta hoy, se ha venido prorrogando de forma continuada, en el modo y por el tiempo estimado necesario para cada órgano judicial. El pasado mes de junio, en el último acuerdo sobre esta materia, la Comisión Permanente dio por concluido el plan en 2 juzgados y lo prorrogó en otros 22 hasta el 31 de diciembre de 2022. 

La evolución experimentada puede calificarse de positiva, tanto respecto de la pendencia como de la tasa de resolución de asuntos, lo que ha permitido ir dejando sin efecto el plan de forma progresiva y de acuerdo con la situación de cada órgano judicial a lo largo de estos cinco años. En general, los indicadores han mejorado a medida que se han ido consolidando el plan de especialización y los refuerzos tanto personales como de medios materiales. 

El plan consiste en la especialización de determinados juzgados de primera instancia y de primera instancia e instrucción para la atribución, en el ámbito territorial que se establezca en cada caso, del conocimiento de los asuntos relativos a las acciones individuales sobre condiciones generales incluidas en contratos de financiación con garantías reales inmobiliarias cuyo prestatario sea una persona física (cláusulas abusivas). La atribución exclusiva de la competencia en esta materia ha permitido, además, la homogeneización de criterios, reforzando de este modo el principio de seguridad jurídica.

Con el informe favorable del Ministerio de Justicia y de las Comunidades Autónomas con competencias en materia de Administración de Justicia, y tras haber consultado a las Salas de Gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia, la Comisión Permanente ha acordado hoy mantener la especialización durante todo 2023, con carácter exclusivo y excluyente, en 8 órganos judiciales de Cádiz, Málaga, Sevilla, Valladolid, Madrid, Alicante, Valencia y Bilbao.    

Asimismo, ha acordado prorrogar la especialización seis meses más (entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2023) en otros 8 órganos judiciales de Ciudad Real, Toledo, Murcia, Castellón, San Cristóbal de la Laguna, Vitoria-Gasteiz, Donostia-San Sebastián y Barcelona, pero este último de forma no excluyente.

Por último, ha decidido poner fin a la medida en los 6 juzgados restantes, en León, Santander, Oviedo, Burgos, Pamplona y Palma de Mallorca. Los órganos judiciales en los que se ha dado por finalizado el plan son los siguientes: Juzgado de Primera Instancia n.º 4 de Burgos, Juzgado de Primera Instancia de n.º 7 de León, Juzgado de Primera Instancia n.º 17 de Palma de Mallorca, Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Santander, Juzgado de Primera Instancia n.º 7 de Pamplona y Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 6 de Oviedo.

Respecto de estos últimos, la Comisión Permanente considera necesario mantener las medidas de apoyo actualmente vigentes en relación con jueces y magistrados, letrados de la Administración de Justicia y personal al servicio de la misma. 

Asimismo, eximir temporalmente a dichos órganos judiciales, de forma total o parcial, del reparto de asuntos de naturaleza civil por períodos de tres o seis meses prorrogables, según determine la Sala de Gobierno correspondiente previa audiencia de la junta de jueces de primera instancia.

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