Coronavirus en Sevilla: Denuncian que sólo cuatro juzgados reciben la declaración a los detenidos por videoconferencia

El sindicato STAJ considera que esta forma de actuar puede "poner en riesgo innecesariamente a todos los intervinientes en el servicio de guardia".

Varias personas en los juzgados del Prado de San Sebastián.
Varias personas en los juzgados del Prado de San Sebastián. / José Ángel García

El Sindicato de Trabajadores de la Administración de Justicia (STAJ) ha denunciado este lunes que sólo cuatro de los 20 juzgados de Instrucción de Sevilla reciben con regularidad la declaración a los detenidos por videoconferencia, a pesar de que las instrucciones del Ministerio de Justicia, el CGPJ y la Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal de la Consejería de la Junta de Andalucía establecen "con claridad realizar preferentemente por videoconferencia las declaraciones", en coherencia con las indicaciones de las autoridades sanitarias.

Esta organización ha señalado que si bien es cierto que el artículo 325 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim) establece que será decisión del Juez, de oficio o a instancia de parte, que las comparecencias en el ámbito penal se realicen por videoconferencia u otro sistema similar que permita la comunicación bidireccional y simultánea de la imagen y el sonido, "no es menos cierto que el mismo artículo prevé esa decisión por razones de utilidad, seguridad o de orden público, así como en aquellos supuestos en que la comparecencia de quien haya de intervenir en cualquier tipo de procedimiento penal como investigado o encausado, testigo, perito, o en otra condición resulte particularmente gravosa o perjudicial".

Para STAJ, "cuesta imaginar un escenario de especial protección que el excepcional que estamos viviendo, enmarcados en un estado de alarma que ha mantenido al país entero en un estricto confinamiento durante casi dos meses, por mor de la seguridad nacional dado el estado de emergencia sanitaria. Por ello, el artículo 19 del Real Decreto-ley 16/2020, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al Covid-19 en el ámbito de la Administración de Justicia establece que durante la vigencia del estado de alarma las actuaciones judiciales se realizarán preferentemente de forma telemática”.

Sin embargo, los "jueces de Instrucción de Sevilla, mayoritariamente, están optando, preferentemente, por la forma presencial en las declaraciones en las guardias de detenidos, lo cual puede poner en riesgo, innecesariamente, a todos los intervinientes en la prestación del servicio de Guardia, pese a tener a su disposición los medios técnicos necesarios para practicar dichas diligencias por medios telemáticos.

En unos casos, los magistrados "abandonan la posibilidad de realizar la declaración a detenidos por videoconferencia por los problemas que en ocasiones se producen en las conexiones, bien en el sistema desde la Sala de Videoconferencias del Prado, bien en sede Policial. Estas incidencias técnicas, cuando surgen, retrasan el desarrollo de la prestación del servicio de Guardia y cuando se presenta un gran número de detenidos, los magistrados prefieren que sean trasladados los detenidos a la sede del Juzgado de Guardia para agilizar los trámites. Otros Magistrados, sin embargo, ante estas incidencias técnicas, habilitan otros cauces para evitar el traslado de los detenidos a la sede judicial, siempre con la salvaguarda de los derechos y garantías que las leyes otorgan a los detenidos".

En otras ocasiones, prosigue STAJ, la negativa de algunos jueces de Instrucción viene motivada por las "dudas que les ofrecen, desde el punto de vista de las garantías y protección de los derechos de los detenidos, la práctica de la toma de declaración a través de estos medios, como la entrevista previa y reservada del abogado del detenido con éste, si bien, los jueces que practican con regularidad esta diligencia por medios telemáticas, aseguran que queda plenamente garantizada la privacidad de la entrevista del Abogado con su cliente y todos sus derechos reconocidos en la Constitución y la LECrim".

Por otra parte, la Guardia Civil, cuando pasa a disposición judicial los detenidos, al no poseer los medios telemáticos de que dispone la Policía Nacional, los presentan directamente en el Juzgado de Guardia, si bien, los jueces que siguen a rajatabla las indicaciones del Ministerio de Justicia y CGPJ se están negando a recibirlos en sede judicial y facilitan los medios tecnológicos a su alcance para poder realizar todas las diligencias que se derivan de la legalización de la situación de estos detenidos y practicarlas sin la presencia de los mismos en las instalaciones del Juzgado de Guardia.

STAJ considera que si por los jueces de guardia se autoriza la práctica de la declaración de los detenidos a través de videoconferencia, "se contribuirá a evitar episodios de riesgo durante la crisis sanitaria, garantizando así la salud de ellos mismos, de los trabajadores de la Administración de Justicia, los Abogados del turno de Guardia, Policías y Guardia Civiles, Secretario Judicial y el Fiscal que prestan el servicio, reduciéndose igualmente las exhaustivas labores de desinfección e higienización que requieren las instalaciones cuando se presentan personas con evidentes signos de padecer contagio por el virus".

Los Juzgados de Instrucción de Sevilla, como el número 11, que están haciendo uso de las tecnologías habilitadas para la práctica de declaraciones de detenidos por videoconferencia, a través del sistema CIRCUIT, han adaptado sin dificultad las tareas propias de la legalización de la situación de los detenidos sin menoscabo de los derechos y garantías de los mismos. Todos los intervinientes en la prestación del servicio de Guardia de Detenidos, desde Magistrados, funcionarios, Secretarios Judiciales y Fiscales, hasta Abogados de oficio, pasando por Policías y Guardias civiles, han desarrollado su labor con "ejemplaridad y absoluto respeto a las exigencias sanitarias, para evitar el trasiego de detenidos con la habitual conducción desde la sede policial en Blas Infante, hasta el Juzgado de Guardia en el Prado de San Sebastián y de éste al Centro Penitenciario, cuando se acuerda el ingreso en prisión de alguno o algunos de los detenidos".

Por ello, STAJ ha instado al decano de los Jueces de Sevilla para que exhorte a los Jueces de los Juzgados de Instrucción de Sevilla a utilizar los medios telemáticos y el sistema de videoconferencia para la toma de declaración de los detenidos, sin poner en riesgo la salud de todos los integrantes que prestan ese servicio y contribuyan así a la responsabilidad general que a todos nos compete de evitar, en la medida de nuestras posibilidades, la propagación del virus.

"Esta crisis ha cogido a la Administración de Justicia sin la debida preparación. El papel cero debería haberse implantado hace mucho tiempo. No podemos cambiar el pasado, pero sí trabajar en el presente para que en el futuro inmediato, el papel cero sea una realidad", concluye STAJ.

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