El caso de los ERE

El juez procesa a Daniel Rivera por los casi dos millones de euros de los ERE para tres cooperativas de Huelva

  • Además del ex director general de Trabajo hay quince investigados más

  • Vilaplana considera que podría haber presuntos delitos de prevaricación administrativa, malversación y falsedad documental

El ex director de Trabajo Daniel Alberto Rivera, en los juzgados.

El ex director de Trabajo Daniel Alberto Rivera, en los juzgados. / juan carlos muñoz

El juez de refuerzo del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, José Ignacio Vilaplana ha dictado un auto en el que acuerda continuar las diligencias previas  contra el ex director general de Trabajo, Daniel Rivera y otras quince personas más por una pieza separada del caso de los ERE   en la que se investiga a tres cooperativas onubenses que presuntamente se beneficiaron de 1, 9 millones de euros de la partida de los ERE. En concreto se trata de la Cooperativa Cristo Obrero S.C.A. de Consumo (Cristo Obrero), Panificadora de Consumo San Francisco de Borja S.C.A. (Coborja) y Sociedad Cooperativa Andaluza Virgen de la Luz (Coviluz).En un auto, facilitado por la Oficina de Comunicación del TSJA, el magistrado toma esta decisión "por si los hechos denunciados pudieran ser constitutivos" de presuntos delitos de prevaricación administrativa, malversación de caudales públicos y falsedad documental, dando traslado de la causa a la Fiscalía Anticorrupción y a las acusaciones personadas para que, en el plazo común de veinte días, soliciten la apertura del juicio oral formulando escrito de acusación o el sobreseimiento de la causa o, excepcionalmente, la práctica de diligencias complementarias indispensables para formular la acusación.

Los investigados en esta pieza separada del caso ERE son el ex director general de Trabajo y Seguridad Social de la Junta Daniel Alberto Rivera; un técnico de dicha Dirección General y catorce personas vinculadas a las entidades que recibieron 1.990.000 euros de la Junta contra las que el juez acuerda continuar el procedimiento en calidad de responsables civiles subsidiarias.

Antonio Fernández, Agustín Barberá y Juán Márquez, exculpados

El magistrado explica que no es posible depurar la posible responsabilidad penal ni continuar el procedimiento por su participación en estos hechos presuntamente delictivos contra el exconsejero de Empleo Antonio Fernández; el exviceconsejero del ramo Agustín Barberá, y el ex director general de Trabajo Juan Márquez, pues “ya habrían sido encausados por la perpetración de aquéllos en el procedimiento abreviado relativo a la ilicitud penal del denominado procedimiento específico”, siguiendo así el criterio “a tal efecto establecido” en distintos autos por la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla.Asimismo, indica que "no concurren” en Daniel Alberto Rivera "las mismas circunstancias sustantivas o procesales que las que recaen sus antecesores en el cargo" de director general de Trabajo, añadiendo que su exclusión de esta causa, “en consideración a los mismos motivos por los que en su momento se excluyó" a Juan Márquez, "no puede tener acogida por la sencilla razón de que Rivera no ha sido enjuiciado en la causa del denominado procedimiento específico”, de forma que, “como ha señalado en numerosas resoluciones la Sección Séptima de la Audiencia, al haberse acordado el sobreseimiento respecto del recurrente en la causa del procedimiento específico, debe depurarse la posible responsabilidad penal en que hubiese incurrido en cada una de las piezas incoadas para la investigación de las ayudas concretas en cuyo pago hubiese intervenido".

En este caso, según argumenta el instructor en el auto, "concurren sólidos indicios de los que se desprende que durante su mandato como director general de Trabajo y Seguridad Social se concedió y realizó, de manera injusta y arbitraria, el correspondiente pago de la ayuda y subvención ilícita -objeto específico del presente procedimiento-".

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