Indultos

El Gobierno otorgó 60 indultos entre los años 2015 y 2019 a petición de las cofradías andaluzas

  • En España fueron concedidos 182 indultos solicitados por diferentes vías

  • El máximo histórico fue en el año 2000, con 1.731

Preso indultado por Nuestro Padre Jesús el Rico en Málaga

Preso indultado por Nuestro Padre Jesús el Rico en Málaga / M. H.

El Gobierno ha concedido 182 indultos entre los años 2015 y 2019, y prácticamente uno de cada cuatro (23,6%) han sido a instancias de las cofradías, según ha informado el Ejecutivo en respuesta escrita a la pregunta del senador de Compromís, Carles Mulet y recogido por EFE. En Andalucía, las hermandades solicitaron 60 indultos en este periodo de tiempo.

De los 182 indultos otorgados en España, el año 2015 se lleva la cifra más alta con 73, seguido del año 2019 (con 39), 2016 (27 indultos), 2017 (26) y finalmente 2018, con la más baja, sólo 17. Todas ellas muy distantes del máximo histórico alcanzado en el año 2000 con un total de 1.731 indultos concedidos.

Andalucía, donde las cofradías tienen un papel importante en la petición de este beneficio, se sitúa a la cabeza de las comunidades, con 60 indultos en cinco años; por delante con diferencia de la Comunidad de Madrid y la Comunidad Valenciana, con 18 en cada caso.

A estas autonomías les sigue Castilla y León (15 indultos), Cataluña (12), Aragón y Galicia (10 en cada una de ellas), Castilla-La Mancha y Canarias (9 cada una), Extremadura (8) y Asturias (5).

Las cifras más bajas se dan en Navarra (3), Murcia (2) y País Vasco, La Rioja y Baleares, con un único indulto por autonomía.

En la pregunta, el senador de Compromís además de interesarse por la cifra interroga al Gobierno sobre las medidas que piensa adoptar dentro de sus competencias para acabar "con la anómala figura del indulto y especialmente el promovido por cofradías religiosas en Semana Santa".

Para el senador Mulet, "la figura del indulto no tiene cabida en nuestra sociedad, es una especie de privilegio real que retrotrae al medievo, donde por gracia del monarca, este puede anular las condenas impuestas por los tribunales. Y la concesión de indultos por la Semana Santa nos acerca a regímenes autoritarios o regímenes teocráticos que a un estado de Derecho".

Por ello Mulet insta al Gobierno a emprender las reformar constitucionales y legales necesarias para "eliminar esta anormalidad medieval" y desarrollar las garantías para la reinserción social de las personas privadas de libertad de acuerdo a criterios objetivos y no partidistas.

Por su parte, el Gobierno en su respuesta explica que el derecho de gracia tiene una reminiscencia histórica, que actualmente se establece en los estados constitucionales "en coherencia con los principios del Estado de Derecho".

Y respecto a España, añade el Gobierno que el indulto es un derecho de gracia regulado en la Ley de 18 de junio de 1870. Además, explica que la Constitución recoge este derecho de gracia, no sólo en las atribuciones del rey (artículo 62), sino también para excluirlo de la iniciativa popular (artículo 87.3), a la vez que veta su aplicación en los supuestos de responsabilidad criminal de los miembros del gobierno (artículo 102.3).

Para el Ejecutivo, la finalidad del indulto es atenuar la excesiva dureza de las penas en casos concretos y se fundamenta, por tanto, "como mecanismo de equidad y expresión del principio de humanidad".

Y añade que para la concesión de indulto, el Gobierno valora las razones de "justicia, equidad y utilidad pública que, en cada caso y a la vista de sus circunstancias concretas, le llevan a otorgar el indulto, pero guardando la necesaria coherencia con los hechos que constituyen su soporte fáctico, a fin de descartar todo atisbo de arbitrariedad".

Y subraya que pueden solicitar el indulto los penados, sus parientes o cualquier otra persona en su nombre por lo que las cofradías también pueden hacerlo

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