El juez del caso Tejado rechaza investigar la filtración de los vídeos de María del Monte e Inmaculada Casal
El asalto a la vivienda de María del Monte
El instructor recuerda que en este proceso se investiga un "robo con violencia en casa habitada" y que hay otros procedimientos de protección del derecho al honor y a la intimidad
Ni Antonio Tejado ni los otros presos elevan a la Audiencia su petición de libertad
El estremecedor relato de María del Monte en su declaración ante el juez
El titular del juzgado de Instrucción número 16 de Sevilla, Juan Gutiérrez Casillas, ha rechazado investigar la filtración de los vídeos con las declaraciones judiciales de María del Monte e Inmaculada Casal y de Antonio Tejado, en relación con el robo que se produjo en el chalé de la cantante y de su pareja en la madrugada del 25 de agosto de 2023.
El penalista Francisco Baena Bocanegra, que ejerce la acusación particular en representación de la pareja, había pedido al juez que iniciara una "investigación penal sobre la filtración de las grabaciones y para, en su caso, la sanción de los responsables de su difusión, sin perjuicio de reforzar las medidas a fin de evitar que vuelvan a producirse hechos como los protestados".
El letrado también solicitaba que se requiriera a Telecinco para que aportara al juzgado la grabación del programa "De Viernes", emitido el pasado 26 de abril, y lo elimine de los sitios web que gestiona "con expresa advertencia de la posible comisión de delito de desobediencia en caso de no atender dicho requerimiento, absteniéndose de reproducir total o parcialmente los contenidos de las declaraciones de mis representadas, con los apercibimientos procedentes en Derecho".
A estas peticiones del abogado de María del Monte se ha adherido la defensa de Antonio Tejado, sobrino de María del Monte, que está en prisión como presunto "autor intelectual" del robo y cuya declaración judicial también se difundió en exclusiva en el programa de la cadena.
¿Y qué ha dicho el juez?
El juez ha dictado una providencia, a la que ha tenido acceso este periódico, en la que rechaza la petición del letrado de la artista "por no guardar relación todo ello con los hechos y con el contenido que es objeto de investigación en esta causa".
En este sentido, el magistrado recuerda que el ordenamiento jurídico "dispone de sistemas de protección jurisdiccional del derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen, así como del ejercicio del derecho de rectificación o de reclamación por daño moral por opiniones, imágenes y demás manifestaciones vertidas en medios de comunicación".
Además, el instructor señala que la publicación de actos judiciales, "si constituyen ilícito penal, es algo también ajeno al contenido de estas diligencias penales consistentes en un robo con violencia en casa habitada". Todo ello, prosigue, sin perjuicio del derecho de las partes a "pretender extramuros de este procedimiento lo que se interesa en el contenido de escrito de la acusación particular", es decir, el juez está indicando a la representación de María del Monte que puede acudir a denunciar los hechos en el juzgado de guardia para, en su caso, tratar de iniciar una investigación de las filtraciones.
Lo que sí tiene claro es que, como recuerda, en la causa que lleva el juzgado de Instrucción número 16 de Sevilla se investiga el asalto en el chalé de María del Monte e Inmaculada Casal de finales de agosto del año pasado, pero no la difusión que se ha hecho de las declaraciones judiciales de los denunciantes e investigados. En cualquier caso, es habitual que los vídeos con este tipo de declaraciones sumariales aparezcan en los medios de comunicación, como se ha podido comprobar en numerosos procedimientos mediáticos, incluidos causas de corrupción.
"Revictimización y angustia"
En el escrito presentado por la acusación particular pidiendo la investigación de las filtraciones, el letrado de María del Monte denunciaba que la difusión periodística de los vídeos no suponía una "mera revelación de datos contenidos en las actuaciones en el momento procesal presente", sino que suponía el "desprecio más absoluto a la intimidad de las víctimas, ignorando su dolor difundiendo sus imágenes ilícitamente obtenidas y sin su consentimiento ni la más elemental autorización judicial, confiadas en que sus declaraciones reviviendo su terrible experiencia gozan de la protección judicial como corresponde a la Justicia en un Estado de Derecho".
Así, Baena Bocanegra sostenía que la publicación de las declaraciones había generado un "nuevo estado de revictimización y angustia que viene a añadirse a los hechos que han sufrido, publicidad de sus declaraciones que únicamente se ponen al servicio del más inadmisible sensacionalismo en un más que errado entendimiento de la libertad de información y con el único designio de obtener cuotas de audiencia que se traducen en beneficios económicos carentes de toda justificación legal y moral".
La acusación recuerda igualmente que en esas declaraciones se exponen datos de la "vida íntima" de las víctimas del asalto, de las medidas de seguridad de su hogar, de sus relaciones familiares, de sus sentimientos, sus miedos y todo aquello que "quienes sí tenemos acceso legal a las grabaciones y estuvimos en su día presente pudimos comprobar y teníamos deber legal de mantener reservado y cuya cesión a terceros ajenos a este procedimiento tiene claras consecuencias disciplinarias e incluso penales".
El escrito, que ha sido rechazado por el juez, acaba cuestionándose "a cambio de qué interés informativo superior al honor y a la dignidad de las víctimas" se han difundido estas declaraciones.
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