Deniegan otro permiso a Miguel Carcaño porque sigue sin reconocer el asesinato ni ha aparecido el cuerpo de Marta

el caso marta del Castillo

El tribunal recuerda la "gravedad y peligrosidad de su conducta" y las "circunstancias especiales" del caso

La Fiscalía del Supremo rechaza condenar al Cuco y a su madre por falso testimonio

El asesino confeso de Marta, Miguel Carcaño, en los juzgados cuando acusó a su hermano del crimen.
El asesino confeso de Marta, Miguel Carcaño, en los juzgados cuando acusó a su hermano del crimen.

La Audiencia de Ciudad Real ha rechazado un nuevo permiso solicitado por Miguel Carcaño, que cumple en la cárcel de Herrera de la Mancha su condena de 21 años y tres meses de prisión por el asesinato de Marta del Castillo. Tanto la junta de tratamiento de la prisión como el juzgado de Vigilancia Penitenciaria y ahora la Audiencia ciudarealeña mantienen que el joven no debe disfrutar de un permiso de salida y ya son 36 las veces que Carcaño lo ha solicitado infructuosamente. En su contra sigue pesando, según un nuevo auto de la Audiencia, la "gravedad y peligrosidad de su conducta" y la "falta de reconocimiento de los hechos".

Así lo explican los magistrados en la resolución dictada con fecha 28 de octubre de 2024, que resuelve un recurso de apelación presentado por la defensa de Carcaño contra la decisión del juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Ciudad Real, que en julio del pasado año confirmó su rechazo a que reciba este beneficio penitenciario. El tribunal recuerda que el juzgado desestimó la solicitud de Carcaño basándose en el informe del Equipo Técnico del centro penitenciario, "atendida la naturaleza y gravedad de la actividad delictiva, la concurrencia de circunstancias peculiares, y el riesgo de quebrantamiento o mal uso del permiso solicitado".

Y añade que sobre el joven pesa una "grave condena de 20 años de prisión, por la comisión de un delito de asesinato; junto a la gravedad y peligrosidad de su conducta, y la trascendencia social del hecho", señala el tribunal.

Los magistrados advierten que en este caso concurren unas "circunstancias especiales" -el cuerpo de Marta sigue sin aparece después de 16 años- y la "falta de reconocimiento de los hechos, refiriendo ausencia de intencionalidad, según el informe psicológico". Además, "restan aún unos meses para el cumplimiento de las tres cuartas partes de su condena, por lo que procede la desestimación del recurso y confirmación de la resolución recurrida, siendo preciso en el avance del cumplimiento de la condena y consolidación de los aspectos positivos del tratamiento antes de valorar la posibilidad de iniciar el disfrute de permisos".

La Audiencia destaca asimismo el valor de los permisos para los presos, al afirmar que "cooperan potencialmente a la preparación de la vida en libertad del interno, pueden fortalecer los vínculos familiares, reducen las tensiones propias del internamiento y las consecuencias de la vida continuada en prisión que siempre conlleva el subsiguiente alejamiento de la realidad diaria. Constituyen un estímulo a la buena conducta, a la creación de un sentido de responsabilidad del interno, y con ello al desarrollo de su personalidad", además de proporcionarle información sobre el medio social en el que han de reintegrarse. Pero, en cualquier caso, concluyen, la concesión de los permisos "no es automática, una vez constatados los requisitos objetivos previstos en la ley" porque "no basta entonces que éstos concurran, sino que además no han de darse otras circunstancias que aconsejen su denegación a la vista de la perturbación que puedan ocasionar en relación con los fines antes expresados".

En una anterior ocasión, la Audiencia también denegó un permito por las mismas circunstancias, la gravedad del delito, el hecho de que Carcaño no haya "asumido su culpabilidad" y la "alarma social" que causan este tipo de delitos.

Sobre la asunción de su culpabilidad, hay que recordar que Miguel ha ofrecido hasta siete versiones distintas del asesinato de Marta, que tuvo lugar hace más de 16 años, el 24 de enero de 2009, y en las que ha pasado de confesar el crimen tras su detención a implicar a sus amigos en la desaparición; luego culpó al Cuco de matar y violar a Marta, hasta que finalmente acusó a su hermano en la última versión, la que mantiene hasta ahora.

Miguel Carcaño lleva privado de libertad desde febrero de 2009, primero como preso preventivo tras su detención y posteriormente cumpliendo la condena. Inicialmente estuvo en las cárceles sevillanas, mientras tenía que estar a disposición del juzgado que investigaba el caso y luego de la Audiencia de Sevilla para su enjuiciamiento, y una vez que fue condenado pasó a cumplir la pena en el centro penitenciario manchego.

Carcaño está clasificado en segundo grado penitenciario, el régimen más habitual entre la población reclusa. Según el artículo 154 del Reglamento Penitenciario, los penados tienen derecho a disfrutar de permisos de salida ordinarios de hasta siete días de duración “como preparación para la vida en libertad”, hasta un total de 36 o 48 días por año. El requisito para que se le conceda un permiso es que haya cumplido la cuarta parte de la condena –algo que Carcaño ya ha superado– y no observe durante su estancia en prisión “mala conducta”.

Reúne el requisito de haber cumplido una cuarta parte de la condena

Para la concesión de un permiso es necesario un previo “informe preceptivo” del equipo técnico de la prisión, y ese informe será desfavorable cuando, “por la peculiar trayectoria delictiva, la personalidad anómala del interno o por la existencia de variables cualitativas desfavorables, resulte probable el quebrantamiento de la condena, la comisión de nuevos delitos o una repercusión negativa de la salida sobre el interno desde la perspectiva de su preparación para la vida en libertad o de su programa individualizado de tratamiento”, según recoge el artículo 156 del reglamento penitenciario.

En el caso de Carcaño, dado que se le han denegado ya hasta 36 permisos, la junta de tratamiento considera que no reúne los requisitos para acceder a estos beneficios, tratándose de un caso en el que además sigue sin aparecer el cuerpo de Marta.

Miguel Carcaño (Sevilla, 14/04/1989) acabará de cumplir su condena el 8 de mayo de 2030. Ésta es la fecha de su hipotética salida de prisión, en caso de que no reciba ningún beneficio penitenciario –como el tercer grado– durante el cumplimiento de la condena de 21 años y tres meses de cárcel.

El acusado tendrá 41 años cuando salga de la cárcel, pero no podrá volver a Sevilla hasta el 19 de febrero del año 2043 –con 53 años–, dado que la condena incluye la prohibición de residir en la misma localidad o ciudad donde lo hagan los padres y las hermanas de Marta por espacio de 30 años, así como de aproximarse a menos de 500 metros y de comunicarse por cualquier medio con ellos durante ese mismo periodo de tiempo.

La Audiencia de Sevilla impuso a Miguel Carcaño en enero de 2012 únicamente la pena de 20 años de prisión por el asesinato de Marta del Castillo y absolvió a los otros tres acusados: su hermano, Javier Delgado Moreno, la novia de éste, María García Mendaro, y el que fuera amigo íntimo del asesino confeso, Samuel Benítez Pérez.

Un año después, el Tribunal Supremo modificó levemente la sentencia de la Audiencia de Sevilla para aumentar la condena a Miguel Carcaño, a quien impuso un año y tres meses más de prisión por un delito contra la integridad moral. El fallo del Supremo tumbó la secuencia horaria del crimen que había establecido la Audiencia de Sevilla, que había fijado la salida del cuerpo de Marta del piso de León XIII en torno a las 22:15 horas de aquel 24 de enero de 2009.

Para el Supremo, esta secuencia horaria supone una valoración “arbitraria e ilógica” porque, según consideró, establecer esa hora es “fruto de la intuición o especulación de la Audiencia”, que ha prescindido de elementos probatorios “directos y periféricos”, en alusión a los dos testigos que vieron la silla de ruedas en la madrugada del 25 de enero de 2009.

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