Investigaciones internas: nulidades, derechos del denunciado y límites del empresario
Los dueños de Magrudis no volverán a prisión porque no hay riesgo de fuga
Caso Magrudis
La Fiscalía y el Ayuntamiento se opusieron a que fuesen de nuevo encarcelados
La Audiencia de Sevilla ha confirmado la decisión de la juez que investiga el brote, Pilar Ordóñez, quien el pasado 17 de marzo, en medio del estado de alarma, acordó la puesta en libertad de los dueños de Magrudis, José Antonio Marín Ponce y su hijo, Sandro José Marín Rodríguez, quienes llevaban en prisión provisional seis meses.
La revocación de la libertad fue planteada por la acusación que ejerce la asociación de consumidores Facua, que consideraba que había “más riesgo” de fuga en este momento, mientras que la Fiscalía de Sevilla y la acusación que ejerce el Ayuntamiento hispalense se opusieron a que ambos investigados fuesen encarcelados de nuevo, solicitando por tanto la desestimación del recurso.
Ahora, la Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla ha confirmado la decisión de la instructora, al estima que el posible riesgo de fuga de los responsables de Magrudis “ha quedado mitigado con el transcurso del tiempo”, y especialmente, como en su día apuntó la instructora, porque los investigados tiene “arraigo familiar en Sevilla y domicilio conocido”. El tribunal prosigue diciendo que hay constancia de la “disminución importante de su situación económica, careciendo de trabajo y de medios para poder hacer frente a cualquier fianza que se le impusiera en estos momentos”.
Los magistrados de la Audiencia destacan que los vínculos existentes demuestran un “arraigo que lleva a pensar que los inculpados no eludirán su comparecencia en el proceso penal, dado el elevado coste que le significaría dicha acción y la ruptura de los vínculos familiares”.
De hecho, explica que los investigados vienen cumpliendo con las comparecencias semanales en el juzgado que le fueron impuestas y “llevan más de tres meses en libertad sin que se haya apreciado una modificación de las circunstancias tenidas en cuenta por la juez a quo que justifique un nuevo cambio de medida de situación personal”.
Además de las comparecencias semanales, se le impuso la prohibición de salir del territorio nacional y la retirada del pasaporte, medidas con las que se trata de “garantizar su sujeción al proceso”.
De otro lado, la Audiencia señala que el posible riesgo de obstrucción a la Justicia y de poder ocultar, alterar o destruir fuentes de prueba relevantes “no justificaría una modificación de la medida recurrida”.
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