Más allá del 'sí es sí'

La Fiscalía de Sevilla negocia bajar la pena a un pederasta de las redes acusado de 70 delitos

Varios integrantes del clan de los Perla, durante el juicio celebrado en 2016 en la Audiencia de Sevilla por la muerte de una niña en las Tres Mil.

Varios integrantes del clan de los Perla, durante el juicio celebrado en 2016 en la Audiencia de Sevilla por la muerte de una niña en las Tres Mil. / José Ángel García

El ‘sí es sí’ ha convertido las rebajas de condenas en un concepto de moda y muy recurrente en los titulares de prensa, los discursos de los políticos y las conversaciones de la calle. En el día a día del mundo judicial, sin embargo, es todo un clásico en su otra versión: la reducción de las peticiones de penas. Así se facilitan acuerdos de conformidad, se evita la celebración de juicios y se da un poco de aire al siempre atascado sistema judicial. Más vale un mal arreglo que un buen pleito, como se suele decir. El último ejemplo en la Audiencia de Sevilla atañe a un hombre de alrededor de 40 años para quien la Fiscalía solicitó inicialmente la friolera de 283 años de cárcel por captar y engañar a ochenta menores para intercambiar material sexual. Las partes están negociando un acuerdo para que no se celebre lo que sería un macrojuicio y la acusación ha planteado una nueva solicitud de 180 años, aunque el pederasta virtual sólo cumpliría 12 en prisión. Es decir, ocho menos de los que estaría con la calificación inicial, los veinte que la legislación actual contempla como el máximo.

En su escrito, la Fiscalía acusa a este individuo de nueve delitos de corrupción de menores y 60 delitos de corrupción de menores de 16 años. En todos los casos pide que se aplique el artículo 76.1 del Código Penal, el que establece que nadie (salvo algunas excepciones) podrá estar más de veinte años en la cárcel. “El máximo de cumplimiento efectivo de la condena del culpable no podrá exceder del triple del tiempo por el que se le imponga la más grave de las penas en que haya incurrido (...). Dicho máximo no podrá exceder de veinte años”, marca ese precepto.

En el caso del delito por el que acusa el fiscal, este pide una condena máxima de cuatro años por cada uno, de modo que el triple, y lo que cumpliría el investigado, serían esos doce años. Esa es la propuesta con la que acudió a la Sección Primera el día que se suspendió el juicio, el pasado 16 de febrero. Y a esas alturas aún se encontraba con la oposición del pederasta, que está en la cárcel por unos hechos similares y que a través de su abogado replicó que cualquier acuerdo debía pasar por estar menos de diez años en prisión.

Según el relato que figura en el escrito del fiscal, el acusado pedía a las víctimas que le mandasen material audiovisual de contenido sexual y a su vez les enviaba archivos en el mismo sentido. A algunos de los menores llegó a proponerles encuentros sexuales en zonas públicas, como un parque, pero nunca llegó a contactar en persona con ninguno.

Los proxenetas de Triana

Este futuro acuerdo amenaza con unirse a una larga lista de conformidades a priori impensables, por los hechos y por las peticiones iniciales de condenas. A finales de enero, por ejemplo, la Audiencia juzgó a una pareja de proxenetas que secuestraron a una mujer, la encerraron en un piso de Triana y la obligaron a prostituirse durante la Feria de Abril de 2022. José H.G. y Raquel S.F. aceptaron una condena de cuatro años de cárcel que en poco o en nada se parecía al punto de partida de la acusación pública. La Fiscalía, de hecho, pedía dieciséis años para cada uno. El desenlace fue tan favorable que el juez, también de la Sección Primera, dictó sentencia (porque no tenía más remedio) y les recalcó el “esfuerzo” que suponía aceptar ese fallo.

Ese acuerdo, como cualquiera en realidad, se basó en aplicar una o más circunstancias atenuantes de la conducta delictiva de los acusados. En aquel caso fue la reparación del daño porque antes del juicio abonaron parte de la indemnización a la víctima y así se supone que compensaron el daño que le habían causado. El daño económico, que no el moral. Las atenuantes son muchas veces comodines que el Código Penal facilita a fiscales y abogados para ir canjeando años de cárcel o directamente no celebrar un juicio. La reparación es casi inevitable, igual que las dilaciones indebidas (retrasos en el procedimiento judicial no achacables al procesado), la drogadicción (sus facultades estaban alteradas porque es adicto), la confesión (facilitó la resolución del suceso) o la alteración psíquica (no sabía lo que hacía, más o menos).

Las cuñadas

Esta última atenuante valió para cuadrar el círculo en uno de los casos más rocambolescos de los últimos años en la Audiencia. En marzo de 2020, dos hermanas y el novio de una fueron condenadas a 23 años por asesinar a la cuñada de las dos primeras en La Rinconada. La ex de su hermano recibió veinticinco golpes y 61 cuchilladas. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ordenó repetir el juicio al entender que se había vulnerado su derecho a la defensa por no facilitar a los abogados información sobre las dos testigos protegidas que aseguraron haber visto a las cuñadas salir de casa de la víctima el día de los hechos. Pero el juicio no se repitió. La Fiscalía cambió el asesinato por el homicidio, aceptó que las acusadas sufrían un “posible” trastorno de personalidad, “no especificado” en el caso de una de ellas, y las partes alcanzaron un acuerdo: Rosa N.S. fue castigada con cinco años y Carmen, con tres. Tampoco faltaron las atenuantes de drogadicción y dilaciones indebidas.

El clan del Pollino

Ese último dúo es imprescindible en cualquier acuerdo relativo precisamente a asuntos de narcotráfico. El clan del Pollino, autor del triple asesinato de Dos Hermanas (mataron y enterraron en cal viva a un hombre, su pareja y su hija de seis años), ya se benefició antes de ese escabroso juicio de una importante condena por droga. En concreto fue en octubre de 2019. La Sección Séptima impuso penas de entre uno y dos años a Ricardo G.H., alias El Pollino; su esposa, E.F.H; su padre, Ricardo G.G., alias El Cabo; y su madre, J.H.J., por unos hechos que ocurrieron entre 2012 y 2013. La petición inicial oscilaba entre cinco y ocho años.

La matriarca de los Chorizos (a la derecha), tras el acuerdo de 2019. La matriarca de los Chorizos (a la derecha), tras el acuerdo de 2019.

La matriarca de los Chorizos (a la derecha), tras el acuerdo de 2019. / D.S.

El clan de los Chorizos

Otro famoso clan vinculado a los delitos contra la salud pública, el de los Chorizos, agrandó su fama con aquella imagen de su matriarca, Consuelo J.R., saliendo de la Audiencia casi bailando por sevillanas mientras sostenía un cigarro, ufana tras salir airosa de una causa por narcotráfico en mayo de 2019. La Fiscalía solicitaba entre cuatro y cinco años de prisión para ella y otros seis familiares, pero al final pactó un año y medio para todos, incluida la jefa. Es más, el tribunal acordó suspender la ejecución de esas penas, así que ninguno tuvo que entrar en la cárcel, al menos entonces. Los Chorizos se hicieron famosos porque los vecinos de Estepa llegaron a incendiar sus casas, luego rehabilitadas por la Junta de Andalucía.

El clan de los Perla

Otro de los casos más flagrantes de megajuicio convertido en paripé fue el del clan de los Perla por matar a una niña de seis años durante un tiroteo en las Tres Mil en agosto de 2013. Las negociaciones derivaron en un acuerdo por el que la máxima condena acabó siendo de catorce años para Antonio Girón, alias el Coleta, para quien la solicitud inicial era de 80 años. Su hijo José Antonio fue condenado a once, cuando se exponía a 78, y la matriarca, Carmen Barrera, pasó de 54 años a sólo dos. Un testigo protegido incluso la vio disparar, pero en la sentencia consta que no estuvo allí porque eso dijeron sus familiares. La conformidad también pasó por que reconocieran los hechos ya en el juicio (confesión tardía) y por indemnizar a la familia de la víctima con 400.000 euros (reparación del daño). El juicio, por llamarlo de alguna manera, se celebró en mayo de 2016.

La Manada francesa

Este repaso tampoco debe obviar lo ocurrido con la llamada Manada francesa, tres jóvenes que drogaron y violaron a dos adolescentes de 15 y 16 años en la Alameda en agosto de 2020. Uno incluso grabó la agresión sexual. En este caso sí hubo condenas, en concreto de cuatro años para dos de ellos y tres para el otro, pero ninguno llegó a pisar una cárcel. Los abogados de nuevo hicieron su trabajo y la Fiscalía, además de aceptar las atenuantes de reparación y confesión, se mostró a favor de que las penas fueran conmutadas por su expulsión de España y la prohibición de volver a entrar en el país durante diez años. Era junio de 2021 y Arthur, Lucas y Sacha, que así se llamaban los violadores, no disimularon su alegría cuando salieron de la Sala.

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