La Justicia militar procesa a un teniente por la presunta agresión sexual a una dama legionaria

Tras celebrar una comidad de Navidad en 2024 y estando en su casa con otros soldados, el oficial le pidió que "se desnudara" y ante su negativa, la "arrinconó contra la pared e intentó besarla"

El teniente niega haber agredido sexualmente a su subordinada

Un desfile de la legión en el acuartelamiento de Ronda (Málaga).
Un desfile de la legión en el acuartelamiento de Ronda (Málaga). / javier flores

El Juzgado Togado Militar número 24 ha procesado a un teniente de la legión de Ronda (Málaga) por una presunta agresión sexual a una dama legionaria que tuvo lugar durante la fiesta de Navidad del año 2024. En un auto, el magistrado decidido procesar al oficial como presunto autor de un delito de "abuso de autoridad", en su modalidad de "agresión sexual" previsto en el Código Penal Militar, en concurso ideal con un delito de agresión sexual del Código Penal ordinario.

El juzgado declara que los hechos se remontan a la madrugada del 13 de diciembre de 2024 cuando la dama legionaria, por entonces de 21 años, se hallaba de fiesta con unos compañeros en la localidad malagueña de Ronda. Sobre las 00:00 horas, los soldados se desplazaron a la casa del teniente denunciado. En un momento dado, la joven le pidió una sudadera al oficial, puesto que tenía frío, y éste le indicó que le acompañara a la planta de arriba de la vivienda. El teniente le entregó la sudadera y empezó a juguetear con la prenda haciendo el ademán de entregársela y a continuación le pidió entonces que se "desnudara", respondiendo ella que "no", a lo que el superior reaccionó aproximándose hasta llegar a "arrinconarla contra la pared e intentar besarla". Al mismo tiempo, le tocó sus partes íntimas, a lo que la dama legionaria volvió a decirle que "no" lo hiciera.

Ante esta nueva negativa, el superior reaccionó "llevándose las manos a la cabeza" y diciendo "¡qué he hecho, qué he hecho!, márchate de mi casa". La dama legionaria bajó a la planta baja, donde estaban el resto de sus compañeros, y se sentó junto a ellos sin contar nada de lo que había sucedido, bajando también el teniente. Unos cuarenta minutos después todos decidieron marcharse a una discoteca para seguir la fiesta y el oficial, que no iba a ir a la discoteca, le pidió a la subordinada que se acercara, a lo que ella hizo caso omiso.

Al día siguiente, la ex pareja de la dama legionaria telefoneó al teniente y le preguntó sobre lo que había ocurrido la noche anterior en vivienda. El oficial respondió que iba a llamarla y cuando lo hizo, la denunciante le comentó que "no le había gustado lo que hizo anoche", respondiendo el teniente lo siguiente: "Pensaba que estábamos los dos cachondos, si me quieres joder la vida, me la vas a joder, no hace falta que se entere nadie", pidiéndole además disculpas en repetidas ocasiones, algo que la mujer aceptó y le indicó además que no quería dar parte de él.

Sin embargo, la dama legionaria decidió finalmente denunciar los hechos porque "no se puede olvidar de lo sucedido", habiendo comunicado previamente en su acuartelamiento lo ocurrido. La víctima ha denunciado además que han intentado "callarla" y que varios oficiales le han insinuado que no hacía falta que denunciara, puesto que ellos lo veían como un error o una confusión del teniente.

Entre seis meses y cinco años de cárcel

El juez togado concluye que hay "indicios racionales y fundados" para encuadrar los hechos investigados en el delito de "abuso de autoridad", dado que se ha producido presuntamente "un acto de agresión sexual del superior sobre una subordinada, resultando como efecto de la acción, la vulneración de dos bienes jurídicos, la disciplina y la libertad o indemnidad sexual de la víctima". Y en este sentido, recuerda que el artículo 47 del Código Penal Militar establece que "el superior que tratare a una persona subordinada de manera degradante, inhumana o humillante, o le agrediere sexualmente, será castigado con la pena de seis meses a cinco años de prisión, pudiendo imponerse, además, la pena de pérdida de empleo, sin perjuicio de las penas que correspondan por los resultados lesivos producidos o por la agresión sexual conforme al Código Penal".

Del relato de hechos, prosigue el magistrado, se puede constatar la "existencia de una agresión sexual por parte del teniente, quien tuvo un contacto físico no consentido con la dama legionaria y a la que intentó besar al momento del tocamiento", y todo ello "sin que en ningún momento contara con el permiso o consentimiento para tales contactos físicos, quien vedó al superior hasta en dos ocasiones cualquier tipo de acto o acercamiento sexual".

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