Ley de segunda oportunidad

Los juzgados de Coria del Río perdonan 34.619,11 euros a una autónoma que fracasó en su emprendimiento

¿Reunificar deudas es una buena decisión?

¿Reunificar deudas es una buena decisión?

El juzgado de Primera Instancia número 3 de Coria del Río (Sevilla) ha notificado a los letrados de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento este mes de febrero la exoneración de un total de 34.619,11 euros de las deudas de una asociada. Desde este momento empieza de cero sin deudas, pudiendo empezar un nuevo emprendimiento o trabajando por cuenta ajena sin temor a reclamaciones de pago o embargos.

Esta sevillana, tras trabajar varios años como dependienta en varias tiendas de ropa, se decidió en 2017 a montar su propio negocio haciendo la misma actividad. Contando con buena experiencia como vendedora, pensó que trabajar “para ella” sería mucho más rentable que seguir siendo asalariada. No obstante, pronto se dio cuenta que no acertó ni en la forma de organizar el negocio ni en el espacio elegido para ello, cerrando sus puertas a los seis meses.

Tras este “fracaso”, tuvo que pedir préstamos para pagar a proveedores y acreedores financieros. Mientras buscaba empleo por cuenta ajena, contando como únicos ingresos las ayudas de sus familiares, se vio obligada a desatender las deudas acumuladas.

Desde el momento que empezaron los impagos, comenzaron las constantes llamadas de los acreedores reclamando los 34.619,11 euros totales que debía. El estrés que sufría le iba mermando poco a poco, provocando incluso problemas en su salud.

Esto le llevó a buscar una solución, la cual encontraron en la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, entidad formada por abogados y economistas especializados en la llamada “Ley de la Segunda Oportunidad”. Tras el estudio del caso, los letrados comprobaron que cumplían todos los requisitos necesarios y aconsejaron a la deudora acogerse al procedimiento.

Un procedimiento que se ha alargado más de lo esperado debido a la poca especialización del Juzgado

A pesar de contar una suspensión legal de pagos, intereses y embargos desde que comenzó su andadura en la Ley de la Segunda Oportunidad, la deudora ha visto como su expediente ha tardado en concluir cuatro años en gran parte por los desperfectos de la anterior Ley concursal.

Por un lado, que hasta septiembre de 2022 fuera obligatorio un intento de acuerdo amistoso con los acreedores antes de solicitar el perdón de la deuda y, por otro y más decisivo en este caso, que el Juzgado de Primera Instancia de Coria no haya tenido medios ni conocimientos especializados para abordar esta materia, han hecho la incertidumbre de la interesada no haya desaparecido hasta el mes de marzo.

Pepe Domínguez, abogado de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, ha puntualizado que afortunadamente esta demora en resolver un caso de Ley de Segunda Oportunidad cada vez es más difícil que suceda. “El acuerdo extrajudicial de pagos no ha cumplido con su propósito inicial que era, precisamente, evitar concursos de acreedores. Los acreedores por regla general siempre rechazaban o no atendían a las propuestas de convenio. Es una buena noticia que no sea preceptivo, ya que se agilizan los trámites, se acortan tiempos y se ahorran costes en honorarios de notaría y mediador concursal (...) Igualmente, entendemos que el juez de Coria se excuse, no es culpa suya que hasta septiembre hayan tenido competencia en materia concursal, cuando debería haber sido siempre tratado por Juzgados de lo Mercantil por especialización de estos”.

¿Qué requisitos se han de cumplir para tramitar la Ley de la Segunda Oportunidad?

No todo el mundo puede acogerse al procedimiento, siendo obligatorio algunos requisitos. Estos son, en resumen, la insolvencia del interesado, no haber estado en concurso en los últimos 5 años y, por supuesto, que no haya sido condenado por delitos socioeconómicos en los últimos diez años.

Una vez comprobados estos presupuestos se dictó la sentencia concediendo el BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho) ha supuesto dejar a esta deudora libre de los 34.619,11 euros que tenía que pagar.

Esta sentencia hace imposible que los acreedores puedan reclamar absolutamente nada de estas deudas anteriores al concurso, además de permitirle salir de todo fichero de morosidad.

Ya son 43 las exoneraciones de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento en lo que llevamos de 2023. Algunas sentencias en la que incluyen incluso deuda pública como los 137.709,06 euros perdonados en Albacete o manteniendo bienes, como los 222.807,18 euros en Valencia el 8 de febrero.

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