Apropiación indebida

El súper del Aljarafe que tenía a las enemigas en casa

Los hechos ocurrieron en el Cash Aljarafe de Mairena, en el polígono PISA, entre 2015 y principios de 2019. / D.S.

Los hechos ocurrieron en el Cash Aljarafe de Mairena, en el polígono PISA, entre 2015 y principios de 2019. / D.S.

La Audiencia de Sevilla ha impuesto dos años de cárcel a dos cajeras de un supermercado de Mairena del Aljarafe que, a base de alterar y borrar parcial o totalmente más de 5.000 facturas durante unos cuatro años, se apropiaron de casi 220.000 euros al quedarse con la diferencia entre lo que de verdad entraba en las cajas y lo que registraban oficialmente, que era menos debido a sus manipulaciones. El desenlace podría haber sido peor para las acusadas, ya que la Fiscalía pedía inicialmente cuatro años de prisión para cada una, pero ambas se beneficiaron de un acuerdo con la propia acusación pública y con la empresa. Aunque tenía a las enemigas en casa (y en este caso, también en caja), el responsable del negocio se conformó con que le reintegren 100.000 euros. Es decir, menos de la mitad.

La conformidad fue ratificada en la Sección Primera, que además dictó sentencia en la misma sala y la declaró firme. El tribunal condenó a L.V.P. y E.F.S. a dos años de cárcel más sendas multas de 540 euros por un delito de apropiación indebida con la atenuante analógica de reparación del daño, ya que cada una de las encausadas había consignado 6.000 euros antes de la vista oral. La Fiscalía quitó la condición de continuada a la apropiación, con la consiguiente rebaja de la pena, y también renunció a las multas iniciales, de 1.620 euros.

Es más, en principio ninguna de las dos entrará en un centro penitenciario porque las magistradas, tras la correspondiente petición de las defensas y el visto bueno de las acusaciones, acordaron suspender la ejecución de las penas de cárcel durante un periodo de cinco años. Las procesadas se librarán de estar entre rejas siempre que indemnicen al supermercado y que no cometan ningún delito en ese plazo.

Las acusadas no entrarán en la cárcel si pagan 100.000 euros a la empresa y no cometen ni un delito en cinco años

Los hechos ocurrieron entre 2015 y principios de 2019 en el Cash Aljarafe Mairena, donde se venden artículos de alimentación, droguería, perfumería y hogar. La acusada L.V.P. trabajaba allí desde 2013 y su compañera E.F.S., desde 2014. El súper disponía de cuatro cajas, los tickets quedaban numerados por orden cronológico y había un contador en cada caja. En un momento dado, las dos acusadas se pusieron de acuerdo para “obtener un beneficio patrimonial ilícito” y para ello se valieron de una operativa muy simple: tras pasar las compras de los clientes por el escáner de sus cajas y extenderles los correspondientes tickets, esperaban a quedarse solas y “horas después” procedían a “reabrir y manipular” las facturas de determinadas compras, sobre todo las que contenían muchos productos y por tanto eran más cuantiosas en dinero. La alteración básicamente consistía en eliminar muchos de los artículos que habían sido cobrados.

De esta forma, las dependientas “lograban un descuadre en el arqueo de las cajas” y hacían que en ellas hubiese más dinero del que aparecía como oficialmente ingresado. Después accedían “fácilmente” al efectivo que estaba en las cajas pero que ya no constaba en el registro y así cuadraban el arqueo. La eliminación de tickets cobrados estaba prohibida por parte de la empresa, cuya norma para estos casos era rectificar los posibles errores.

Las irregularidades fueron advertidas a finales de enero de 2019 por la jefa de administración del supermercado gracias a las cámaras de vídeo que había en el establecimiento. Como el programa de gestión del negocio permite ver las líneas borradas, los investigadores pudieron certificar que el número de facturas eliminadas por estas dos cajeras “superaban con creces” las del resto de sus compañeros. En concreto, E.F.S. eliminó 3.998 tickets (116 en 2015, 776 en 2016, 1.617 en 2017, 1.325 en 2018 y 164 en enero de 2019) por un importe global de 129.540 euros, mientras que L.V.P. borró 1.326 tickets (356, 371, 225, 342 y 32, respectivamente) que supusieron 89.417 euros.

El dinero total del que se apropiaron entre las dos ascendió a 218.957 euros, pero el administrador de la empresa, que intervino en el juicio por videoconferencia, ratificó que se conformaba con que E.F.S. devolviera 60.000 euros y L.V.P., 40.000. Las acusadas no sólo vieron así muy disminuida su deuda con su antiguo empleador, sino que lo resarcirán en cómodos plazos. E.F.S. reintegrará 300 euros al mes, mientras que su compañera abonará su parte de la responsabilidad civil de 200 en 200 euros. Ambas tardarán entre 14 y 15 años para acabar de satisfacer la indemnización íntegra.

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