El Supremo agrava la pena de cárcel a dos empresarios que se quedaron el dinero de ocho huertos solares en Salteras
No sólo rechaza el recurso de los hermanos Luis Miguel y Manuel B.G., sino que eleva la condena inicial de diez meses de cárcel que les impuso la Audiencia de Sevilla y la deja en un año y nueve meses
Tras ser apartados del proyecto, los acusados sacaron casi un millón de euros de las cuentas de la empresa que estaba ejecutando las plantas
Diez meses de cárcel y casi un millón de euros para dos hermanos acusados de quedarse con dinero de huertos solares en Salteras
El Tribunal Supremo ha agravado la condena que la Audiencia de Sevilla impuso a dos empresarios, que además son hermanos, por quedarse casi un millón de euros de las sociedades que habían creado para montar una megaplanta de ocho huertos solares en Salteras. Luis Miguel y Manuel B.G. contrataron a Aditel para que construyese la instalación, pero después no le pagaron y acabaron perdiendo la propiedad de las ocho mercantiles. Y aun así siguieron sacando dinero de sus cuentas durante un año. La Audiencia les impuso diez meses de cárcel, las perjudicadas pidieron un castigo más severo y el Supremo les ha dado la razón. A las mercantiles, no a los hermanos. La condena final se queda en un año y nueve meses de prisión para cada uno.
El caso fue enjuiciado hace cuatro años por la Sección Tercera de la Audiencia. Los hechos que aquel tribunal consideró probados, y que ahora el Supremo ratifica, comenzaron el 11 de abril de 2008 cuando los acusados, como administradores de Profimsur, contrataron a Aditel para que construyese ocho huertos solares en la finca Cortijo Juradillo. Antes ya habían constituido ocho sociedades, una por huerto, con la denominación común de Planta Energía Solar Olivares (PESO) seguida del número de cada una.
El 25 de marzo de 2008, los acusados suscribieron ocho préstamos vinculados a ocho cuentas bancarias, una por cada planta solar, para financiar el montaje de las placas. Cubrían así el precio fijado en el contrato con Aditel: 4.010.279 euros. También se estableció un calendario de pago, pero lo incumplieron. Por eso firmaron el 8 de agosto una modificación del contrato originario que contemplaba el aplazamiento de la deuda que todavía tenía Profimsur (2.860.115 euros) y la constitución de una prenda a favor de Aditel sobre las acciones de las ocho sociedades PESO en caso de que los encausados no pagaran.
Como los hermanos tampoco satisficieron esa deuda, Aditel “ejecutó la prenda” y el 21 de abril de 2009 se hizo con la propiedad de las ocho sociedades. Después cesó a los acusados. Sin embargo, los hermanos siguieron gestionando las plantas. Y así, a pesar de no ser los administradores, ordenaron transferencias y emitieron pagarés que se cargaron a las ocho cuentas en beneficio de dos entidades suyas y en perjuicio de Aditel. En total detrajeron 987.339 euros entre el 5 de mayo de 2009 y el 7 de mayo de 2010.
Por estos hechos, la Audiencia condenó a Luis Miguel y Manuel B.G. a diez meses de cárcel por un delito continuado de apropiación indebida y les impuso el pago de una indemnización total de 987.339 euros para las ocho plantas.
El Supremo no modifica la indemnización pero sí la condena de cárcel. Y desde luego no la elimina, que es lo que pidieron los acusados en su recurso. La Sala, que no admite ese intento de los hermanos de conseguir la absolución o una rebaja punitiva, respalda las conclusiones de la Audiencia y concluye que, en efecto, los hermanos B.G. “dispusieron a favor de empresas de su propiedad de dinero de las PESO cuando ya no eran sus socios y propietarios”. “Ha existido ánimo defraudatorio y lucrativo”, añade el Supremo.
Los magistrados, en cambio, sí estiman el motivo del recurso presentado por las víctimas y aplican al delito la agravante de cantidad defraudada, que es válido cuando se superan los 50.000 euros. La clave es que algunos de los 19 traspasos que ejecutaron sí cumplen esa condición. En concreto, como enumeró la Audiencia, hubo una transferencia de 59.455 euros a favor de Profimsur el 5 de mayo de 2009, otra de 309.300 euros el 13 de mayo, una tercera de 86.700 euros el 1 de junio y otra de 77.300 euros el 4 de junio. Estas “transferencias individuales por encima cada una de los 50.000 euros” permiten “aplicar la agravación [...] para determinar su repercusión en la pena”, dicen los jueces.
La sentencia también analiza la posibilidad de que los condenados no entren en una celda. Esa alternativa “se debe supeditar al pago de la responsabilidad civil”, según la Sala. “No puede pretenderse que en casos como el presente, después del tiempo transcurrido, se pretenda el beneficio de la suspensión si no va anudado al pago de la responsabilidad civil para reponer al perjudicado en el perjuicio sufrido”, razona el Supremo.
Condenados por fraude al Gobierno
Esta no es la primera condena firme para los hermanos Luis Miguel y Manuel B.G. En febrero de 2021, poco antes de ser juzgados por los hechos relativos a los huertos solares de Salteras, la Audiencia de Sevilla ya les impuso dos años y medio de cárcel por un delito de fraude en subvenciones, ya que destinaron a su “patrimonio particular” una ayuda de 1,2 millones de euros que les concedió el Gobierno en el marco de la reindustrialización de la Bahía de Cádiz. En enero de 2024, el Tribunal Supremo confirmó el fallo.
El destinatario del dinero era su empresa Pinturas Aéreas Bahía de Cádiz, pero los hermanos, nada más recibir el pago anticipado, extrajeron mediante cheques una cuantía total de 300.000 euros que transfirieron a una entidad de inversiones administrada por ellos mismos. Así lo relataba la sentencia dictada por la Sección Séptima de la Audiencia.
Los empresarios también realizaron una transferencia de 967.000 euros con destino a otra cuenta de su empresa desde la que, entre agosto y noviembre de 2011, ejecutaron numerosas operaciones de reintegros, transferencias y contratación de productos financieros, “la mayoría de los cuales tampoco guardaban relación con el mencionado proyecto industrial”. Los fondos públicos, por ejemplo, acabaron en una planta de energía solar y otra compañía de explotaciones agrícolas.
Además de la pena de cárcel, los hermanos fueron condenados a pagar una multa de 1,5 millones, no recibir subvenciones durante cuatro años e indemnizar al Estado con 935.454 euros.
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