Crimen del gestor de Rochelambert

El Jurado considera al principal acusado culpable de un delito de asesinato

  • No consideran el delito contra la vida para los otros dos acusados y aplican la circunstancia de arrebato y la eximente incompleta de drogadicción

Imagen de la sala del juicio con jurado

Imagen de la sala del juicio con jurado / Belén Vargas

Después de que el presidente del Tribunal del Jurado, el magistrado José Manuel de Paúl, haya devuelto al jurado popular por defectos legales varias veces el veredicto emitido en la causa por el crimen del gestor de Rochelambert, el 5 de julio de 2016, sobre las 16:00 de hoy sábado, el jurado ha entregado su veredicto, por fin.

En la lectura del veredicto del jurado contra los tres acusados de delitos de detención ilegal, robo con  violencia, asesinato y daños derivados de la muerte de Joaquín Baldomero G. B. el jurado popular consideró culpable al principal acusado, Félix J. A. de un delito de asesinato en el que aprecia la circunstancia de arrebato y la eximente incompleta de drogadicción. El jurado ha entendido que no queda probada la participación de los otros dos acusados, Manuel B. y Manuel A. en el delito contra la vida.

El propio De Paúl, antes de la entrega del objeto del veredicto, retiró los cargos de asesinato u homicidio a Manuel A.P., así como la imputación del delito de profanación de cadáveres para los enjuiciados, del que les acusaba la abogada de la familia de la víctima, que ejerce la acusación particular.

Tras la lectura del veredicto, el fiscal ha rebajado su petición inicial de 25 años por el delitode asesinato con las circunstancias de arrebato y ofuscación para el principal acusado hasta los 14 años y 11 meses, a lo que se suma la abogada de la familia de la víctima. Por su parte, la abogada del principal acusado, Ofelia Liñán, ha solicitado para su defendido la pena de 5 años de prisión por el delito de asesinato.

En cuanto al delito de detención ilegal, tras la lectura del veredicto por parte del jurado, la Fiscalía ha solicitado la pena de 4 años para Félix J. A., lo mismo que para los otros dos acusados, frente al año pedido por su letrada.

Respecto a la imputación de los daños, el fiscal pide un año tanto Manuel B. como a Félix J. A., frente a los tres meses solicitados por Ofelia Liñán. El último de los delitos sometidos al veredicto del Jurado ha sido el de robo, para el que el Fidcal solicita cinco años para Félix J. A., frente a los dos que pide su abogada defensora.

Cabe recordar que la Fiscalía, en su informe y conclusiones definitivas, pedía 36 años de cárcel para cada uno de los acusados por presuntos delitos de detención ilegal, robo con violencia, asesinato y daños, mientras la acusación particular solicita además cinco meses más de prisión por un delito de profanación de cadáver, delito que ya retiró De Paúl antes de la entrega del objeto del veredicto para los tres acusados. El tribunal devuelve al jurado el veredicto del crimen de Rochelambert en Sevilla por "defectos legales"

Por su parte, la defensa de Manuel A.P. pidió su libre absolución pues, según defiende el letrado Juan Carlos García Castilla, su cliente "sólo estuvo circunstancialmente" la tarde del 5 de julio en la casa de Félix José "no estando la víctima ni retenido ni fallecido" y la abandona tras una discusión con Félix José. El presidente del Tribunal del Jurado desestimó la acusación de asesinato u homicidio para este Manuel A.P.

Por contra, la abogada de Félix José A.P. solicitó que sea condenado por un delito de homicidio imprudente, con una pena en grado mínimo, y por otro de daños, con la atenuante de arrebato y la eximente incompleta de drogadicción. Y de manera alternativa, por un delito de homicidio con dolo eventual y otro de daños, con la atenuante de arrebato y la eximente incompleta de drogadicción.

De otro lado, Agustín de la Cruz, que ejerce la defensa de Manuel B.V., solicitó para su cliente el delito de denegación de auxilio a la víctima.

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