Viviendas sociales en Sevilla

Un juez obliga a la Junta y a Endesa a restablecer en 5 días la luz en el Polígono Sur

  • El auto judicial beneficia a un bloque de viviendas sociales del Polígono Sur sin luz desde febrero

  • Se trata de una medida cautelar adoptada a petición del denunciante por concurrir, en su caso, una vulneración de Derechos Fundamentales

  • Esperando un milagro en el Polígono Sur

Un operario eléctrico en un cuadro de contadores.

Un operario eléctrico en un cuadro de contadores. / Endesa

El Juzgado de la Contencioso-Administrativo número 1 de Sevilla ha dictado un auto, emitido el pasado 3 de junio, en el que ordena a la Junta y a Endesa a restablecer en un máximo de 5 días, desde que reciban la notificación de este auto, el suministro eléctrico en una promoción de vivienda de alquiler social de la empresa AVRA en Sevilla, concretamente en el Polígono Sur, donde el incendio de los transformadores ha dejado a la mayoría de los vecinos sin luz desde febrero. El demandante denunció a la consejerías de Hacienda y Presidencia de la Junta así como a Endesa.

Esta es la medida cautelar adoptada por el juez a petición del denunciante, que defiende que en su caso concurría una vulneración de Derechos Fundamentales que obliga a reparar las instalaciones y a restablecer de manera urgente el suministro eléctrico de la vivienda y la de sus convecinos.

La Justicia considera oportuna la adopción de la medida cautelar solicitada, sin perjuicio de lo que en su día pueda resolverse en sentencia.

"La avería en los transformadores ha supuesto la ausencia de suministro eléctrico, con todo lo que ello implica para la salud y la vida de las personas afectadas, siendo así que la obligación de garantizar dicho suministro deriva de las competencias que corresponde a la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía, como propietaria de la vivienda donde reside el demandante", reza el auto.

Detalla la sentencia que las viviendas afectadas pertenecen a la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía (AVRA) en su mayoría y que también es propiedad de esta empresa pública la vivienda del recurrente.

El juez rechaza imponer una caución al recurrente porque "se trata de que la vivienda reclamante tenga suministro eléctrico, que resulta ser esencial para el desarrollo de la vida cotidiana en la actualidad. Se trata además de vivienda destinada al arrendamiento social, de forma tal que exigir caución al recurrente supone tanto privarle de la posibilidad de que se ejecute lo acordado en esta medida cautelar".

La Consejería de Fomento de la Junta, que gestiona la empresa AVRA, ha respondido este martes que "se están adoptando las soluciones necesarias para dar cumplimiento al auto judicial". Y añade la consejería que, en ejecución de dicho auto, que viene a admitir la medida cautelar solicitada por el recurrente, "AVRA ya inició los trámites para determinar qué medidas debe aplicar para que la empresa suministradora, Endesa, pueda volver a proporcionar electricidad a esa vivienda".   

Fomento señala que el auto remitido por el Juzgado Contencioso Administrativo nº1 de Sevilla a AVRA, en relación con el recurso presentado por un vecino de Polígono Sur que reclama le sea repuesto el suministro eléctrico a su vivienda, "insta a la Agencia a que en el plazo máximo de 5 días desde la recepción, realice los trámites oportunos para restablecer el suministro eléctrico a la vivienda del recurrente”.

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