Sentencias

Absuelto el dueño de un bar de la Macarena por la "extraña actuación" de la Policía Local

  • Se enfrentaba a una petición de seis meses de cárcel por agresión a dos agentes

El bar con las persianas exteriores cerradas.

El bar con las persianas exteriores cerradas.

Un juez de Sevilla ha absuelto al dueño de un bar del centro por la "extraña actuación" que realizaron los agentes de la Policía Local, quienes se presentaron en el local por una queja vecinal por ruidos y acabaron deteniendo al propietario tras una supuesta agresión, todo ello con una sorprendente ausencia de "soporte probatorio" de la intervención policial, según considera el juez.

El abogado Juan Ramón de la Vega, que ha defendido al acusado, ha mostrado su satisfacción por la sentencia, ya que, según ha explicado que el propietario del bar "siempre ha confiado en la Justicia, y aunque ésta haya llegado cuatro años mas tarde del día de los hechos, al final se ha cumplido con la misma en honor a la verdad". No obstante, ha señalado que "son muchos los daños morales y económicos que se le han causado durante todos estos años" a su cliente.

La sentencia del juzgado de lo Penal número 11 de Sevilla, a la que ha tenido acceso este periódico, declara como hechos probados que sobre las 23:10 hora del 11 de febrero de 2017 dos agentes de la Línea Verde de la Policía Local, que realiza labores de vigilancia, control e inspección de actividades, se personaron en la asociación cultural de artistas contemporáneos Moscow, en la calle Conde de Torrejón, como consecuencia de las quejas de los vecinos por el ruido.

Los agentes iban de paisano y, según la sentencia, mantuvieron un forcejeo en la puerta del local con el acusado, dado que "mientras aquellos pretendían tener acceso al mismo", el acusado intentaba cerrar la puerta.

La Policía Local informó en su día de que en el local, de 20 metros cuadrados, se encontraban hacinadas cerca de 130 personas consumiendo bebidas alcohólicas y fumando, y denunció que dos agentes sufrieron heridas durante el forcejeo con el dueño del local y tuvieron que ser trasladados a un centro hospitalario.

La Fiscalía de Sevilla había solicitado una condena de seis meses de prisión para el propietario del bar Moscow, por delitos de atentado a la autoridad, delito leve de lesiones y maltrato de obra, pero el juez ha absuelto al acusado por la "extraña actuación" policial.

El magistrado argumenta que no tiene "ninguna duda" de que se produjo el forcejeo que refieren los agentes y en este sentido explica que las dudas vienen motivadas por el "presupuesto habilitan de los agentes que pretenden tener acceso a un local cuyo uso o destino no ha resultado acreditado". 

Así, considera que "resulta extraño que comisionados los agentes como consecuencia de quejas vecinales, el incidente finalice con el cierre y clausura del local", puesto que "se desconoce en qué momento y en virtud de qué circunstancias lo que resultaba ser una mera situación destinada a comprobar ruidos, se convierte en una actividad de inspección de Policía respecto a requisitos del local que se califica de auténtico bar".

Para el magistrado es "igualmente extraño que los agentes fueran conocedores de anteriores actuaciones y sin embargo el cierre y clausura tiene lugar en la madrugada del 11 de febrero. Es decir, los metros cuadrados del local, la carencia de extintores, la falta de puertas de salida, la existencia de una barra y en definitiva de todas y cada una de las carencias que advierten al local, que entienden está destinado a ofrecer servicios al público en general, se ponen de manifiesto en una actuación por ruidos".

A ello se une que "no conste en la causa documentos administrativos sobre similares intervenciones policiales" y en este caso "no consta ni el acta que se dice se extiende para la clausura del local, ni acta que describa las deficiencias del local". Para el juez, la legítima intervención policial "exigía precisamente acreditar en esta sede los motivos que llevaron a los agentes a ejercer fuerza sobre la puerta cuando el titular del local mantenía una postura contraria", por lo que concluye que "igualmente resulta extraño el actuar policial. Sigue extrañando al tribunal la falta de soporte probatorio respecto de toda la actuación policial, especialmente, con la llegada de posteriores patrulleros cuya ausencia en el plenario resulta ostensible".

Lo mismo considera que sucede en relación a la "mecánica de la detención" del propietario del local, porque "no se procede a la detención al momento del forcejeo, como es práctica habitual, sino con posterioridad, cuando se había producido el desalojo".

Y por último, el juez cuestiona el grado de conocimiento que pudiera tener el acusado de la "condición de policías de los denunciantes así como del tipo de intervención que iban a realizar, circunstancia esencial para valora en su comportamiento el ánimo de quebrantar el principio de autoridad propio del delito de atentado y resistencia".

La sentencia concluye que "hubiera resultado esencial conocer el estado y situación del local al momento de la actuación policial, pues es el único dato que permitiría atribuir plena legitimidad a la actuación policial, pues lo único que consta en las actuaciones es que el número 32 de la calle Conde Torrejón es la sede de una asociación cultural y, por tanto, un establecimiento de carácter particular". En definitiva, las dudas expuestas en la sentencia llevan al juez a absolver al acusado.

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