responsabilidad patrimonial

Condenan al Ayuntamiento a indemnizar con 6.000 euros a un hombre al que le cayó una rama de un árbol en la cabeza

Antonio García, el vecino que sufrió el accidente y ahora ha sido indemnizado.

Antonio García, el vecino que sufrió el accidente y ahora ha sido indemnizado. / M. G.

Un juzgado de lo Contencioso-administrativo de Sevilla ha condenado al Ayuntamiento de Sevilla a indemnizar con 6.143 euros, más 323,94 euros en concepto de intereses legales, a un hombre que fue golpeado por la caída de una rama de un árbol, lo que le provocó una brecha en la cabeza y la rotura de sus gafas. El accidente se produjo el 28 de enero de 2018 en la calle Real de la Jara, cuando el hombre iba caminando y fue golpeado por la caída de una rama, un siniestro que se debió al mal estado de conservación de los árboles de la zona.

El afectado es Antonio García Campanario, un vecino de Sevilla que inicialmente recibió una indemnización del Consistorio, pero como consideraba que la misma era insuficiente, acudió a la asociación de consumidores Facua, que planteó una reclamación de responsabilidad patrimonial que ahora le ha dado la razón a esta persona, quien tuvo que recibir puntos a causa del golpe y sufrió además un latigazo cervical, además de que se le rompieron las gafas.

La compensación demandada era de 301 euros por lesiones temporales -por los diez días en los que sufrió dolor cervical y tuvo que guardar reposo-, otra por las secuelas estéticas de 5.251 euros, puesto que el golpe le dejó una cicatriz visible en el rostro y, por último, un importe de 590 euros correspondientes a la compra que tuvo que hacer de unas gafas nuevas. Así, la compensación tanto por los daños personales como por los materiales causados por el accidente ascendía a un importe total de 6.143 euros, todo ello recogido en un informe pericial.

Un detalle de las lesiones que sufrió la víctima. Un detalle de las lesiones que sufrió la víctima.

Un detalle de las lesiones que sufrió la víctima. / M. G.

La sentencia del juzgado de lo Contencioso-administrativo número 8 de Sevilla, a la que ha tenido acceso este periódico, recuerda que el Ayuntamiento aplicó a la hora de fijar la cuantía de la indemnización el baremo de tráfico, que "se suele utilizar con carácter orientativo y no vinculante, ya que debe precisarse y modularse al caso concreto en el que surge la responsabilidad patrimonial, de forma que si el interesado acredita que con la suma establecida mediante su utilización la reparación es insuficiente, la Administración primero y los tribunales después pueden corregir esa concreción hasta que se produzca una efectiva reparación integral del perjuicio y, al contrario, si resulta excesiva, reducirla a sus justos términos".

En el caso concreto, el informe médico pericial, prosigue la juez, determina que deber otorgarse un perjuicio estético de siete puntos frente a los tres que le fueron aplicados. Además, ha quedado acreditado que las gafas que llevaba puesta fueron dañadas y se aportó una factura por importe de 590 euros, dicha la sentencia, que además aplica el interés legal desde que se produjo la reclamación en vía administrativa.

Tras la reclamación en los tribunales de Facua, Antonio García ha recibido los 6.143 euros reclamados al completo, más 323,94 euros en concepto de intereses judiciales por el tiempo de espera. "La resolución que nos dio el Ayuntamiento era bastante más baja que lo que me correspondía, así que seguimos peleando", ha explicado el afectado. "Aunque haya sido un proceso muy largo, se ha conseguido todo. Estoy muy agradecido con la asociación", ha añadido.

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