Sentencias

Revocan la sentencia que estimó una demanda de paternidad contra Julio Iglesias

  • El abogado de Javier Santos, Fernando Osuna, anuncia que recurrirá al Supremo y si es necesario al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que es "favorable a la verdad científica, por encima de la cosa juzgada"

El demandante, Javier Santos.

El demandante, Javier Santos. / EFE

La Audiencia de Valencia ha revocado la sentencia que estimó una demanda de paternidad contra el cantante Julio Iglesias. La Sección Décima de la Audiencia Provincial de Valencia ha revocado la sentencia dictada el pasado mes de julio por la que el Juzgado de Primera Instancia 13 de Valencia estimó la demanda de paternidad presentada por Javier Santos, de 44 años, contra el cantante Julio Iglesias.

El tribunal ha estimado los recursos de apelación presentados por el demandado y la Fiscalía, al apreciar la excepción de "cosa juzgada" contemplada en el artículo 222 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, lo que impide que entre a analizar el fondo del asunto. A juicio de los magistrados, la reclamación de filiación resuelta recientemente por el Juzgado de Primera Instancia 13 de Valencia ya fue objeto de pronunciamiento judicial años atrás en el marco de otros dos procedimientos que concluyeron con el rechazo de la pretensión, según ha informado este jueves el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

El primero de ellos se inició en 1991 a raíz de la demanda interpuesta por la madre de Javier Santos y fue tramitado también por el Juzgado de Primera Instancia 13 de Valencia. El juzgado declaró entonces la paternidad del cantante, pero la Sección Octava de la Audiencia de Valencia revocó esa decisión en una sentencia de apelación que fue confirmada después por el Tribunal Supremo y respecto de la que el Tribunal Constitucional inadmitió en 2003 un recurso de amparo.

El segundo procedimiento se inició por una demanda idéntica a la anterior interpuesta por Javier Santos en 2004 ante el Juzgado de Primera Instancia 3 de Marbella y que fue desestimada en un auto. La desestimación fue ratificada en apelación por la Audiencia Provincial de Málaga.

La Sección Décima de la Audiencia de Valencia ha determinado ahora que no hay dudas de que esos procesos anteriores "tenían por objeto la reclamación de paternidad extramatrimonial sin posesión de estado" por parte de Javier Santos y que “idéntica en todos ellos era la causa de pedir”.

El tribunal no comparte la tesis del Juzgado de Primera Instancia 13 de Valencia a la hora de rechazar la excepción de cosa juzgada. Así, recuerda que Javier Santos se personó en nombre propio, en fase de apelación, en el proceso derivado de la demanda de su madre, por lo que existe una identidad subjetiva entre ese asunto y el resuelto ahora. Y entiende por otro lado que los autos dictados en el marco del segundo procedimiento por el juzgado de Marbella y la Audiencia de Málaga devinieron firmes y tienen plenos efectos a la hora de apreciar la excepción de cosa juzgada.

Por su parte, Javier Santos, que está representado por el abogado Fernando Osuna, no comparte esta sentencia de la Audiencia, y asegura que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos es favorable a la "verdad científica, por encima de la cosa juzgada".

El abogado de Santos considera que el caso tiene aún mucho recorrido y que "al final vencerá en instancias superiores" porque "la ciencia y la Justicia tienen que ir de la mano" y "genéticamente se ha demostrado que Javier es hijo de Julio Iglesias", por lo que ha anunciado que recurrirá el fallo en casación ante el Tribunal Supremo y no descarta, en caso de que no le den la razón, acudir al tribunal Constitucional e incluso al TEDH.

"La Justicia tiene que adaptarse a la ciencia y no al revés", ha asegurado el letrado. "Si Julio Iglesias es padre de Javier Santos, ahí está la prueba de ADN coincidente al 99%, mantener lo contrario sería acudir a lo anterior: el Río Ebro no pasa por Zaragoza". "¿Por qué no viene el cantante a hacerse voluntariamente la prueba de ADN? La respuesta es bien sencilla, sabe que el análisis genético lo va a convertir en padre", ha añadido el abogado Fernando Osuna.  

Para el letrado, los puntos fuertes de su cliente son que el ADN le da la razón, que "no hay cosa juzgada", por lo que "el tiempo juega en contra del cantante", dado que el Supremo "ha cambiado mucho en favor de los hijos no reconocidos", al tiempo que considera que también le beneficia la negativa del cantante a someterse a la prueba de ADN y que el TEDH es favorable a la "verdad científica, por encima de la cosa juzgada", al igual que el Constitucional y el Supremo.

Según Fernando Osuna, "el hijo del cantante está tranquilo, tiene el convencimiento de que es hijo biológico de Julio Iglesias y nadie le va a privar de ese derecho".

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