El Supremo avala la condena a Pérez-Sauquillo y una exsecretaria de la Junta por las ayudas de Invercaria a Cedes
Los hechos juzgados se remontan a las ayudas por valor de 1,5 millones de euros concedidas por Invercaria a la sociedad Cedes Electria
El ex presidente de Invercaria: "Las sentencias condenatorias en la Audiencia se han ido haciendo firmes en el Tribunal Supremo, porque desconocíamos mi indefensión en el momento de presentar el recurso"
Hace una semana, la Audiencia de Sevilla le absolvió por las ayudas a Bioaveda
El Tribunal Supremo ha desestimado los recursos de casación interpuestos contra la sentencia de la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla, que condenó a Tomás Pérez-Sauquillo, expresidente de la empresa de capital riesgo Invercaria, y a Isabel de Haro Aramberri, exsecretaria de Desarrollo Industrial y Energético de la Consejería de Innovación, a tres años y un día de prisión y seis años y un día de inhabilitación absoluta por un delito de prevaricación en concurso medial con un delito de malversación. La sentencia también condenó a los empresarios promotores de Cedes Electria, Federico Mañero Ruiz y Enrique García Chelle, a un año y medio de cárcel y tres años de inhabilitación absoluta como inductores de un delito de malversación.
Los hechos juzgados se remontan a las ayudas por valor de 1,5 millones de euros concedidas por Invercaria a la sociedad Cedes Electria, adscrita a la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA). La sentencia establece además que los cuatro condenados deberán indemnizar de manera conjunta con 1.363.281 euros a Inverseed, sociedad heredera de Invercaria.
El delito de malversación y prevaricación administrativa
El Tribunal Supremo, en su resolución, afirma que constituye delito de malversación de caudales públicos la concesión a sabiendas de préstamos omitiendo los mecanismos de control, causando con ello una pérdida de fondos para la sociedad concedente, como ocurre en este caso. Además, considera que los hechos probados han sido correctamente subsumidos en el delito de prevaricación administrativa, que sanciona supuestos límites en los que la actuación administrativa no sólo es ilegal, sino además injusta y arbitraria.
La Sala recuerda que se aprecia concurso medial entre el delito de prevaricación y el de malversación si la disposición arbitraria de fondos públicos ha sido precedida de una resolución administrativa ordenando esa disposición, como ha reiterado en diversas ocasiones.
Ante esta situación, Pérez Sauquillo ha recordado que en la causa de CEDES " no se encontró documentación suficiente para justificar la inversión, y la Audiencia dictó sentencia condenatoria. En cambio, la pieza madre de Invercaria, FIVA, OWn Spa, Juana Martín y Lolita Canalla, el Tribunal entendió que existían razones suficientes para absolver a todos los acusados". Ha explicado que en este año 2025 se han celebrado tres juicios, Astraea, Bioaveda Y Badennova, donde el ex presidente de Invercaria expuso su indefensión por la imposibilidad de acceder al contenido de la totalidad de sus correos corporativos.
En este sentido, afirmó que ha solicitado judicialmente un informe pericial oficial informático, "para poder recuperar mis correos, o conocer las razones por las que no se pueden recuperar, ya que tenemos ahora muchos indicios, de que ha existido una manipulación de mi servidor en la Agencia Idea".
Una vez realizado este informe, "si queda meridianamente clara mi indefensión en el caso Invercaria, sin duda, presentaremos un recurso de revisión en el Tribunal Supremo".
Irregularidades en la concesión de fondos a Cedes Electria
En su sentencia inicial condenatoria, la Sección Primera de la Audiencia declaró probado que el expediente de concesión de fondos a Cedes Electria obrante en Invercaria "carecía de documentación alguna", mientras que "el plan de negocios aportado por el promotor fue incorporado posteriormente, cuando las inversiones ya estaban efectuadas". Además, señaló que "la realidad era que la actividad de Cedes estaba siendo desarrollada a través de las empresas de los propios socios" de la entidad.
La Audiencia también destacó que "consta acreditado documentalmente el desvío de fondos desde Cedes a las empresas del entorno" de los socios de dicha mercantil y que "no se siguió procedimiento alguno para la concesión de los préstamos", sin que conste "análisis económico, financiero ni de viabilidad" para su concesión, "más allá del proyecto aportado por los empresarios, cuya documentación, según consta, se aportó con posterioridad a la constitución" de Cedes Electria.
Invercaria: empresa de capital riesgo adscrita a la Agencia IDEA
Invercaria es una empresa de capital riesgo que estuvo adscrita a la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA), entidad dependiente de la Consejería de Innovación de la Junta de Andalucía. Su objetivo era promover el desarrollo empresarial y la innovación en la comunidad autónoma a través de la financiación y el apoyo a proyectos empresariales.
La sentencia del caso Invercaria pone de manifiesto las irregularidades y la falta de control en la gestión de fondos públicos destinados al fomento empresarial, así como la necesidad de reforzar los mecanismos de transparencia y fiscalización en este tipo de entidades.
¿Qué implicaciones tiene la sentencia del Tribunal Supremo en el caso Invercaria?
La confirmación por parte del Tribunal Supremo de las condenas impuestas por la Audiencia de Sevilla en el caso Invercaria supone un respaldo a la investigación y enjuiciamiento de los delitos de malversación y prevaricación en el ámbito de la gestión de fondos públicos. Esta sentencia sienta un importante precedente y lanza un mensaje de firmeza en la lucha contra la corrupción y el mal uso de los recursos públicos.
Además, la resolución del alto tribunal refuerza la necesidad de establecer controles más rigurosos y transparentes en la concesión de ayudas y préstamos por parte de entidades públicas o participadas por la administración, para evitar casos similares en el futuro y garantizar que los fondos se destinen a proyectos viables y de interés general.
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