El youtuber cordobés RickyEdit gana su batalla judicial contra el sevillano Javi Oliveira por la letra de una canción
Oliveira tendrá que indemnizar a Ricardo Moral por daño moral, lucro cesante y los beneficios obtenidos al utilizar su composición musical en un vídeo
El juzgado Mercantil 1 de Sevilla ha puesto fin a la batalla judicial que inició el famoso youtuber cordobés RickyEdit, afincado en Andorra, contra el creador de contenidos sevillano Javier Oliveira Ávila por el uso de la letra de la canción Lo siento en uno de sus vídeos. JaviOliveira (Sevilla, 1985) tendrá que pagarle 7.881 euros en concepto de daños y perjuicios al vulnerar la Ley de Propiedad Intelectual, y además deberá cesar en el uso de la canción, no podrá explotarla económicamente y tendrá que eliminar el vídeo infractor de todas las plataformas digitales.
En la sentencia del magistrado Eduardo Gómez se recoge que Ricardo Moral Martínez (Córdoba, 1997), conocido artísticamente como RickyEdit, defiende ser el titular de la citada canción, publicada en diciembre de 2023 en Spotify y YouTube. Ricardo cree que se vulneraron sus derechos morales y patrimoniales derivados de la protección intelectual de su obra cuando JaviOlivera, nombre artístico del demandado, utilizó parte de la canción Lo siento el pasado 29 de diciembre en un vídeo recopilatorio de cotilleos de 2024 (conocido como rewind ) publicado en YouTube. Javi Oliveira ha manifestado su disconformidad con la decisión judicial, por lo que anuncia que recurrirá en apelación la sentencia ante la Audiencia de Sevilla.
Sin consentimiento expreso
Javier Oliveira argumentó que RickyEdit siempre se había manifestado en contra de que ningún creador reclamara a otro por copyright y defendió que el uso "puntual, fugaz o brevísimo dentro de la creación de un pequeño fragmento de una obra ajena, aunque sea reconocible, no generará derechos de propiedad intelectual en favor de la obra ocasionalmente utilizada". Además, alegó que hubo consentimiento expreso por parte de RickyEdit para que la canción fuera utilizada sin su autorización, usando para ello algunos de sus comentarios en redes sociales.
El juez de lo Mercantil no ve que en ninguna de las expresiones de RickyEdit pueda concluirse que exista su autorización para que quien quisiera pudiera usar públicamente su canción. "Son frases sacadas de contexto", según recoge la sentencia, que añade que "unas declaraciones genéricas o una hipotética posición contraria al copyright no pueden entenderse como una autorización del autor para que se usen públicamente sus obras protegidas por la legislación sobre propiedad intelectual".
Aunque el video dura 43 minutos y la canción interpretada por el actor es reproducida durante algo más de un minuto, "esa duración -dice el juez- y la forma en la que se reproduce permiten llegar a la conclusión de que el demandado, al utilizar la canción de Ricardo Moral, usó un contenido relevante de dicha canción y no un mero fragmento o parte de la obra. Es decir, no fue una utilización incidental sino importante porque no se usaron unos segundos de la misma, sino una parte sustancia de la canción".
Mofarse y zaherir
Por otra parte, Javier Oliveira explicó que el vídeo demandando es un resumen de los cotilleos que han sido noticia en YouTube a lo largo del año, una parte de ellos sobre infidelidades cometidas o sufridas por los diferentes creadores de contenido, como la sufrida por RickyEdit por parte de su antigua pareja, razón por la que justifica el uso de la canción. Ante ello, el magistrado concluye que "un video de cotilleos sobre infidelidades no parece que pueda considerarse un trabajo de información sobre actualidad. Podrá ser un trabajo de crítica humorística o satírica, pero no de información. Además, no tiene explicación razonable ni está justificada la inclusión de la canción de demandante en dicho trabajo", entendiendo que al hacerlo "parece querer mofarse o zaherir" a RickEdit.
Sobre los daños y perjuicios económicos ocasiones al youtuber cordobés por el sevillano al usar esa canción, Javi Oliveira aseguró que RickyEdit reclamó una "monetización que ya ha cobrado". Así, recordó que Ricardo Moral subió un vídeo a su canal mofándose de haberse quedado con el dinero del trabajo de Javi Oliveira, según él 1.000 euros", ante lo cual el juez afirma que esa afirmación carece de soporte probatorio porque ese mero comentario no puede ser considerado como argumento.
Javi Oliveira arremetió contra RickyEdit porque había usado durante años contenido suyo ganando dinero por ello, aportando para ello vídeos. Sin embargo, la sentencia recoge que si "pensaba que se habían infringido sus derechos de autor, debería haber ejercitado las acciones legales correspondientes. Incluso en este procedimiento podría haberlo efectuado mediante reconvención, pero no lo ha hecho, por lo que no es posible hacer una hipotética compensación de tales derechos".
En cuanto al hecho de que JaviOliveira retirara voluntariamente el video donde se insertó ilícitamente la canción de RickyEdit, el juez considera que no quita sentido a la demanda porque ante la falta de prohibición judicial, el creador de contenidos sevillano podría volver a publicitarla nuevamente.
Infidelidades y daño moral
Ricardo Moral reclamó 2.381 euros por los beneficios obtenidos por Oliveira, 3.000 euros por los beneficios que dejó de obtener y 2.500 euros por daños morales. Aunque Javier Oliveira no cree que hubo lucro cesante porque no usó la canción de forma completa, la sentencia señala que RickyEdit reclama este concepto por los beneficios que ha dejado de obtener, esto es, reclama la remuneración que habría obtenido si Javier Oliveira le hubiese pedido la autorización para usar la canción", unos 3.000 euros.
En lo que respecta a los daños morales, el juez llega a la conclusión de que ambas youtubers "guardan una enemistad y la utilización de la canción de RickyEdit, al insertarse en una retahíla de noticias sobre infidelidades, venía a remover cuestiones sentimentales padecidas" por el creador de contenidos cordobés, por lo que resulta razonable fijar una suma de 2.500 euros, "dada la gravedad de la infracción, por el alto nivel de difusión y por la intención" de Javier Oliveira.
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