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Lotería de Navidad

¿Qué impuestos tengo que pagar si me toca la Lotería de Navidad?

¿Qué impuestos tengo que pagar si me toca la Lotería de Navidad?

¿Qué impuestos tengo que pagar si me toca la Lotería de Navidad?

La Lotería de Navidad es uno de los eventos más esperados en España, pero ¿qué pasa con los impuestos si te toca algún premio? En 2023, los premios de la Lotería de Navidad mantendrán el mismo régimen fiscal que el año anterior, con un importe exento de 40.000 euros. Esto significa que cualquier cantidad superior a este límite estará sujeta a un gravamen del 20%.

Detalles de la tributación por premios

  • Gordo de Navidad: Para un premio de 400.000 euros por décimo, se tributa solo sobre 360.000 euros. El 20% de impuestos se aplica a esta cantidad, resultando en 72.000 euros para Hacienda y 328.000 euros para el ganador.
  • Segundo premio: Con 125.000 euros al décimo, se gravan 85.000 euros, dejando 17.000 euros para Hacienda y 108.000 euros para el premiado.
  • Tercer premio: De 50.000 euros por décimo, 2.000 euros van a Hacienda, quedando 48.000 euros netos para el dueño del boleto.
  • Cuarto y quinto premios: Los premios de 20.000 y 6.000 euros por décimo, respectivamente, están exentos de impuestos, al ser inferiores al umbral de 40.000 euros.

Declaración de los premios

Los ganadores no necesitan preocuparse por declarar estos premios en su IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas), ya que Hacienda se queda automáticamente con su parte al cobrar el premio. Sin embargo, si el dinero se reinvierte, los rendimientos de esa inversión sí deben tributar como intereses bancarios o a través del impuesto de patrimonio. Afortunadamente, los premios de lotería no se incluyen en la base imponible del IRPF, por lo que no afectan la declaración anual ni la obtención de ayudas públicas para becas o prestaciones sociales.

Premios compartidos y ganadores no personales

Si el premio se comparte, es posible que se aplique el impuesto de sucesiones y donaciones, cuya tasa depende de cada comunidad autónoma. Para evitar este impuesto, te recomendamos informar que el premio es compartido en el momento de recogerlo. En el caso de que el ganador sea una entidad como una empresa, asociación, fundación, cooperativa o cualquier otra forma jurídica de sociedad, las reglas cambian. El premio se integra en la base imponible del impuesto de sociedades, descontando la retención practicada del monto a pagar.

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