DIRECTO Madrugá Sevilla en directo | Semana Santa 2024

Previsión El tiempo en Sevilla para este Viernes Santo

Provincia

Condena de 4 años a los dueños de un bar por los "ruidos intolerables"

  • Los acusados pueden eludir la prisión si solicitan el indulto parcial que propuso la Audiencia de Sevilla al considerar excesiva la pena a imponer.

El Tribunal Supremo ha confirmado una sentencia de la Audiencia de Sevilla que en marzo de 2012 condenó al dueño y a la encargada de un bar de Dos Hermanas a cuatro años y un día de prisión por los "ruidos intolerables" que durante varios años emitieron desde el establecimiento y que afectaron "gravemente" al sosiego y descanso de los vecinos. La sentencia del Alto Tribunal implicaría que ambos acusados tendrían que ingresar en prisión, si bien la Audiencia de Sevilla propuso en su sentencia, a instancias de la Fiscalía de Medio Ambiente, un indulto parcial para que se redujera a dos años la condena de los acusados al estimar que la pena que había que imponerles por ley era excesiva.

El Supremo ha desestimado el recurso presentado por uno de los acusados contra la sentencia de la Sección Séptima de la Audiencia, que declaró probado que desde al menos agosto del año 2007 hasta mayo de 2008, el dueño del local, Gabriel B. P., y la encargada, Sara B. M., a diario en horario nocturno y en especial las madrugadas de los fines de semana, "ponían la música en su bar El Coyote a un volumen notoriamente excesivo, lo que ocasionaba ruidos intolerables en el interior de las casas de algunos vecinos", especialmente en las viviendas de dos de ellos que residen en el  65 de la Avenida de España.

A pesar de que los acusados "conocían las graves molestias" que continuadamente causaban a los vecinos, quienes les mostraban sus quejas a causa del ruido nocturno procedente del bar y de las constantes inspecciones de la Policía Local, volvían a conectar la música tras la marcha de los agentes que continuamente acudían al lugar como consecuencia de las numerosas denuncias administrativas y policiales presentadas.

Los policías comprobaron en todos los casos el exceso de ruido y, en algunas inspecciones, las medidas puestas por los acusados para no ser descubiertos. En el expediente administrativo sancionador abierto en el Ayuntamiento de Dos Hermanas, una vez comprobados los "ruidos abusivos", se detectó entre el 19 y 24 de noviembre de 2007 los niveles de ruidos superaban el límite permitido en 6 decibelios diurnos y en 16 nocturnos. El 29 de diciembre de 2007 los técnicos policiales comprobaron en presencia de ambos acusados que en uno de los domicilios se superaban en 2,9 a las 00:10 los límites máximos de inmisión sonora establecidos reglamentariamente.

El 14 de enero de 2008 y al haberse comprobado por medición el exceso acústico y el relatado incumplimiento de las resoluciones del Ayuntamiento, se ordenó la suspensión de la actividad del bar, lo que fue notificado al acusado el 25 de enero de 2008 aunque nunca atendieron los requerimientos municipales. Los policías comprobaron que para "burlar" la orden de 14 de diciembre de 2007, los acusados, si bien mantenían el precinto de reproductor de música y el limitador de sonido, habían conectado un ordenador y un televisor a un amplificador para emitir música a elevado volumen.

Además, los agentes comprobaron el 9 de marzo de 2008 la vulneración de la orden de suspensión de la actividad y precinto del foco emisor de ruido, estando la acusada regentando el bar. El 28 de abril se volvió a precintar el aparato de música en presencia del dueño, instruyéndole de que de quebrantarlo cometían un delito, pese a ello, el 14 de mayo la Policía volvió a comprobar que el precinto y la orden de cierre estaban tirados en el suelo. Los vecinos se vieron durante este tiempo expuestos reiteradamente "a ruidos que por su frecuencia, intensidad, duración, falta de control sobre la fuente y sonoridad han afectado gravemente a su sosiego, descanso nocturno y conducta", lo que les generó un intenso estrés, con el consiguiente riesgo de afectar gravemente a su salud general.

La Audiencia condenó a los acusados a 4 años y un día de prisión por un delito contra el medio ambiente, por contaminación acústica, además de inhabilitarles por el mismo tiempo para el ejercicio de la explotación de negocios de hostelería que requieran licencia para emitir música, así como a indemnizar con 4.000 euros a un afectado.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios