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Juicio a Ortega Cano

Los peritos de la Guardia Civil ratifican la culpabilidad de Ortega Cano por el exceso de alcohol

  • Confirman la velocidad de 125 km/h y la invasión del carril contrario por parte del torero. La juez rechaza que declaren el enfermero que sacó la sangre al diestro y el celador que la llevó a Hematología.

Los agentes del Equipo de Reconstrucción de Accidentes de Tráfico (ERAT) de la Guardia Civil de Madrid han ratificado este martes en el juicio contra el torero José Ortega Cano que el exceso de alcohol fue la clave del accidente en el que murió el vecino de Castilblanco de los Arroyos Carlos Parra Castillo.

 

En su informe, la Guardia Civil atribuye al matador una "distracción o desatención" en la conducción, lo que le llevó a invadir el carril del sentido contrario al de su circulación y esa imprudencia, según los peritos, se debió posiblemente a la ingesta de bebidas alcohólicas por parte del torero, que arrojó una tasa de alcoholemia de 1,26 gramos por litro de sangre, casi el triple de la permitida. En este sentido, los expertos han asegurado que "la alcoholemia estaba ahí", momento en que se han escuchado voces apoyando el testimonio de los agentes –"¡ahí, ahí!", han exclamado algunas personas que asisten como público a la vista oral-, y los agentes también han descartado que "en ningún momento" el accidente pudiera deberse a un vahído o desvanecimiento del conductor, porque "se necesita una fuerza sobre el volante" para describir la trayectoria hasta el impacto, es decir, que el conductor no soltó el volante.

Entre las principales conclusiones del informe oficial destacan que el vehículo de Ortega Cano invadió durante al menos unos 60 metros el carril contrario antes de la colisión y que en ese momento el torero circulaba a una velocidad aproximada de 125 kilómetros por hora, un nivel superior a los 90 kilómetros por hora permitidos en esa vía. Por su parte, el vehículo de Carlos Parra circulaba a unos 50 kilómetros por hora en el momento del impacto.

 

Los peritos han afirmado que la velocidad de 125 kilómetros por hora es "la más aproximada a la realidad" de acuerdo con los sofisticados programas informáticos empleados para realizar estos cálculos y rechazando las estimaciones de otros peritos de la defensa, que sitúan la velocidad del coche de Ortega Cano entre 79 y 96 kilómetros por hora. Los peritos han dicho que "no tienen ninguna duda" de que el accidente se produjo como han expuesto y de que las velocidades en el momento de la colisión eran las que han estimado.

 

En cuanto a la responsabilidad del accidente, el informe es contundente al apuntar directamente a la "distracción o desatención" del torero como la causa principal de la invasión del carril. Esa distracción, según los agentes, se debió posiblemente a la "intoxicación etílica en la que se encontraba, ya que en el momento de iniciar la ocupación del carril contrario había recorrido parte del tramo curvo previo circulando por su carril". El informe pone de manifiesto que los dos conductores implicados en el accidente tuvieron al menos un área de visibilidad de unos 120 metros antes del punto de colisión, por lo que ambos "tuvieron la posibilidad para percibirse recíprocamente y por el sentido de la vista, el haz de alumbrado emitido por los proyectores del vehículo contrario circulando por el mismo carril". Esto permitió que, al menos Carlos Parra Castillo, pudiera percibir el "peligro" ante el inminente impacto. De esta forma, la víctima llegó a realizar incluso una maniobra evasiva, haciendo un leve giro del volante hacia su derecha y disminuyendo posiblemente la velocidad, pero no pudo evitar la colisión.

 

Los peritos basan el informe, que tiene 54 páginas, en la inspección ocular realizada en la carretera A-8002, donde se produjo el siniestro el 28 de mayo de 2011, así como en el estudio de los daños que sufrieron los vehículos implicados, los restos de frenada y los vestigios y marcas hallados en la calzada. Todos estos datos fueron analizados mediante avanzados programas informáticos para la reconstrucción de accidentes de tráfico y como resultado se obtuvieron las velocidades aproximadas en el momento del brutal impacto.

 

Los agentes reconstruyen el accidente mediante un método de trabajo que consiste en analizar el orden inverso a la secuencia del siniestro, por lo que se parte de la posición final de ambos vehículos. El informe incluye un DVD con una reconstrucción tridimensional del accidente, en la que se analizan las distintas fases del mismo y las posiciones de los vehículos implicados antes, durante y después del impacto.

 

Frente a este informe, la defensa de Ortega Cano ha presentado otros tres informes periciales que discrepan sobre estas conclusiones y aseguran que el torero circulaba correctamente y reaccionó "rápidamente" ante el accidente, aunque el impacto "no se pudo evitar".

 

Uno de los peritajes de la defensa, elaborado por los ingenieros industriales de la Universidad de Zaragoza Juan José Alba y Alberto Iglesia, realiza un nuevo cálculo de las velocidades de los turismos implicados en el siniestro y llega a la conclusión de que el Mercedes R-320 circulaba en los instantes previos a la colisión a una velocidad que oscila entre los 79 y 96 kilómetros por hora, muy inferior a la que estima la Guardia Civil, y el coche de la víctima entre 32 y 40 kilómetros por hora.

 

La ratificación de este informe suscitó una gran controversia entre los peritos, que hasta en un número de siete se han dado cita esta mañana en la sala de vistas, donde todos han sostenido las discrepancias con los informes contrarios. Así, los peritos de Ortega Cano han discrepado sobre los cálculos de energía, la dinámica de la colisión, el coeficiente de restitución y en la clasificación de los daños con respecto al informe oficial de la Guardia Civil, hasta el punto de que han señalado que la carrocería del Seat Altea que conducía Carlos Parra se rompió “de forma poco habitual” y la “interacción” entre ambos vehículos es distinta a cómo la presenta la Guardia Civil, por lo que a su juicio la velocidad en el momento del impacto es inferior.

Los expertos de la Guardia Civil reprocharon a estos peritos que la “colisión no es así” como la han presentado y cuestionaron si habían utilizaron algún ángulo de entrada a la hora de explicar la colisión.

El fiscal de Seguridad Vial, Luis Carlos Rodríguez León, zanjó la discusión entre los expertos al afirmar, en su turno del interrogatorio, que el accidente de Ortega Cano fue “la colisión de una canica contra una bola de billar, porque los vehículos no eran iguales y no colisionaron de frente”.

Un perito propuesto por Baserma, la empresa de Ortega Cano a la que pertenecía el Mercedes R-320, ha reconocido que el torero realizó un adelantamiento previo al accidente “infringiendo las normas de tráfico”, pero ha justificado la maniobra al afirmar que era la “menos peligrosa” para los conductores e incluso demuestra cierta “pericia” por parte del conductor. Este especialista, que se presentó como ingeniero de Seguridad Vial por la Politécnica de Valencia, no descartó “un vahído, desvanecimiento, o somnolencia” en el conductor como causa del accidente. El fiscal criticó al perito al manifestar que este informe no aporta “técnicamente nada”, puesto que ni siquiera se han calculado las velocidades finales de los vehículos implicados.

El perito de la Mutua Madrileña, una de las compañías con la que el torero tenía asegura su coche, ha cifrado en tres segundos y 90 metros la invasión del carril contrario por parte de Ortega Cano, por lo que ha concluido que esta invasión no es momentánea, porque entonces se produciría un volantazo y el vuelco del vehículo.

 

Al inicio de la sesión de este martes, el fiscal de Seguridad Vial ha intentado que presten declaración dos nuevos testigos, el enfermero que extrajo la sangre a Ortega Cano y el celador que trasladó la muestra hasta la unidad de Hematología, todo ello para disipar posibles dudas tras la declaración del responsable de este servicio, que dijo que sólo podía acreditar lo que había ocurrido con la muestra desde que entró en dicha unidad. El fiscal dijo, que aunque él no tiene dudas sobre la muestra, solicitaba dichas testificales para evitar que quedase en una "nebulosa" lo que ocurrió.

 

La juez Sagrario Romero ha rechazado la declaración de los dos testigos, al considerar que no era el momento procesal oportuno para su propuesta, dado que ésta debía haber sido solicitada al inicio de la vista oral, y todo ello al entender que no se ha producido una "revelación o retractación inesperada" que sí ampararía la practica de estas declaraciones.

 

La petición del fiscal fue apoyada por las acusaciones particulares y por los abogados de las compañías aseguradoras, mientras que los letrados de la defensa se opusieron a la misma.

En la sesión de la mañana también compareció un perito propuesto por la acusación particular que ejercen los familiares de Carlos Parra, que reclaman una indemnización de casi medio millón de euros al incluir el lucro cesante por los ingresos correspondientes al trabajo del fallecido hasta que cumpliera los 67 años, y que ha cifrado en 168.953 euros, sin incluir la pensión de viudedad ni la indemnización que se reclama por la muerte de Carlos Parra y que ya han abonado las compañías aseguradoras.

Para rebatir este informe, las compañías aseguradoras, Mutua Madrileña y Línea Directa, han presentado otros dos peritos que han cuestionado que no hay base para determinar “de forma creíble” los futuros ingresos del difunto, puesto que Carlos Parra, que tenía 48 años, llevaba dos años en desempleo antes del accidente, después cobró el subsidio, y en los últimos nueve años había tenido hasta 19 contratos temporales todos ellos con el Ayuntamiento de Castilblanco de los Arroyos y que se alternaban con “períodos de no ocupación”.

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