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Sánchez Gordillo es imputado por ocupar la finca militar de Las Turquillas

  • El alcalde de Marinaleda declarará en el TSJA el próximo 4 de abril.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha abierto una nueva causa contra el alcalde de Marinaleda y parlamentario andaluz de IU, Juan Manuel Sánchez Gordillo, por un delito de usurpación en relación con la ocupación en julio pasado de la finca militar de Las Turquillas, según han confirmado este jueves fuentes judiciales, que han indicado que el líder jornalero tendrá que declarar ante el Alto Tribunal el próximo 4 de abril.

El TSJA ha abierto diligencias por un delito de usurpación contra Sánchez Gordillo, en un proceso en el que están imputados otras 53 personas y en el que se ha designado instructor al magistrado Jerónimo Garvín, que tomará declaración al diputado de IU. La ocupación de la finca Las Turquillas, un terreno de 1.200 hectáreas propiedad del Ministerio de Defensa situado entre los términos municipales de Osuna, Écija y La Lantejuela, se produjo el 24 de julio de 2012, cuando cientos de jornaleros, más de medio millar según el Sindicato Andaluz de Trabajadores (SAT), irrumpieron en la finca para reclamar que su explotación pase a manos de cooperativas de trabajadores.

El febrero pasado, el TSJA archivó dos causas contra el alcalde Marinaleda por haber liderado piquetes que provocaron incidentes durante la huelga general del 29 de marzo de 2012, al estimar que los hechos no son constitutivos de delito y, en el caso de las amenazas vertidas al responsable de un supermercado de Estepa, al que llegó a decir que tirarían la mercancía si no cerraba, el tribunal considera que como mucho sería una falta. A Gordillo se le atribuía su participación en los incidentes producidos durante la jornada de huelga del 29-M en la localidad de Estepa, cuando recorrió varios establecimientos de Estepa, un comercio de confecciones, la oficina del Opaef de la Diputación y un supermercado.

En cuanto a los tres primeros incidentes, el TSJA no apreció ningún delito, al estimar que no es constitutivo de infracción penal “afear la conducta a quienes no secundan la huelga ni acudir en masa a los establecimientos abiertos al público sin más arma que la palabra, el ruido o la presencia física, con la finalidad de provocar que los responsables de los mismos tomen la decisión de cerrar el establecimiento, a menos que, manifestada por éstos la decisión de mantener en el puesto de trabajo, el piquete lo impida físicamente o mediante amenazas verosímiles”.

Más duda suscita para el Alto Tribunal andaluz la intervención de Sánchez Gordillo por lo que respecta a su intervención en el supermercado de la firma Mercadona de Estepa, pues queda acredita que el parlamentario “quiso forzar la decisión del responsable de mantener cerrado el establecimiento”. En la conversación con el encargado del supermercado, Gordillo le dijo que si no cerraba volvería y tiraría toda la mercancía “al suelo” e iba a tener que poner a trabajar “20 días a toda la gente”.

Esas manifestaciones, según el TSJA, comporta la amenaza de la producción de daños con cierta significación económica que “sí roza el límite de lo admisible en el contexto de un piquete de huelga, pues se pretende que el responsable cierre el establecimiento para evitar el padecimiento de un daño material y económico”.

A pesar de ello, el hecho de que el piquete no exhibiera armas ni objetos peligrosos, que estuviera presente la Guardia Civil y que el daño con el que se amenazaba “resulta de escasa incidencia para un establecimiento con un importante volumen de negocio” y que el supermercado volvió luego a abrir, son circunstancias que “impiden de plano apreciar la existencia de un delito de amenazas condicionales”.

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