El Palquillo

Facua pide que sea el Ayuntamiento quien redacte el Reglamento de las sillas de la carrera oficial

La Plaza de la Campana, inicio de la carrera oficial.

La Plaza de la Campana, inicio de la carrera oficial. / D. S.

Facua Sevilla exige al Ayuntamiento que elabore el nuevo Reglamento de Uso y Adjudicación de Sillas y Palcos de la Semana Santa ante el hecho de que la entidad concesionaria del servicio, el Consejo General de Hermandades y Cofradías, está realizando un borrador con el que pretende eludir la devolución del dinero que se paga por el sitio en situaciones extraordinarias en las que no pueda celebrarse el desfile de cofradías, como ocurrió el pasado año 2020 debido a la pandemia

El Ayuntamiento, como ha adelantado este periódico, ya ha anunciado que analizará jurídicamente el nuevo reglamento cuando el Consejo lo apruebe. Sin embargo, la asociación considera imprescindible que el Consistorio intervenga antes regulando mediante una ordenanza o cualquier otro mecanismo que considere para que la entidad concesionaria se atenga a él. De esta forma, el documento que aprobase el Consejo de Cofradías como entidad concesionaria no podría contravenir lo establecido en la normativa municipal y, fundamentalmente, convirtiéndose así en unas condiciones generales de contratación del servicio del uso de las sillas y palcos.

Para comprender las variaciones en el citado reglamento, hay que remontarse al pasado año, cuando las estaciones de penitencia de la Semana Santa sevillana fueron canceladas en el Estado de Alarma por la pandemia de la Covid-19. Ante esta tesitura, muchos de los usuarios de las sillas y palcos reclamaron la devolución del dinero que habían pagado por su uso, algo a lo que el Consejo se negó a hacer en un principio. No obstante, finalmente el Consejo reculó en su decisión y devolvió el dinero a los solicitantes.

Ahora, se ha redactado un nuevo borrador del reglamento, que tendrá que ser aprobado en el Pleno del Consejo el próximo 27 de diciembre para su entrada en vigor. En él se encuentra una serie de cambios relevantes, entre ellos, sacar al desfile de cofradías de los espectáculos públicos para así poder eludir la devolución del dinero de las sillas y palcos a los usuarios en cualquier situación extraordinaria "ajena a la voluntad del Consejo" en las que no pueda celebrarse el desfile de cofradías.

Nunca se devolvería el dinero

Uno de los principales cambios que propone el Consejo es que "el desfile de las cofradías no tendrá, en ningún caso, la consideración de espectáculo público", amparándose en que es una manifestación esencialmente religiosa. Facua advierte que la finalidad de esta alteración en la normativa no es otra que la de "escapar" de la Ley de Espectáculos Públicos, "cuando en cualquier caso la contratación del uso de las sillas y palcos implica un servicio que debe atenerse a la legislación de defensa de los consumidores".

Otra de las novedades se encuentra en que "la aportación económica que realiza el abonado, por la renovación de la adjudicación realizada, no esté condicionada a la celebración o no del evento, cualesquiera que sea la causa que motive su suspensión parcial o total". Es decir, con o sin pandemia, o cualquier otra "circunstancia que pudiera darse ajena a la voluntad del Consejo", si un usuario ha pagado su plaza, no se le devolverá el dinero bajo ningún concepto.

Facua Sevilla considera que esto supondrá un retroceso en los derechos de los usuarios, además de ir en contra de varias normativas que protegen los intereses de los consumidores.

También ha variado el término utilizado para determinar el uso de una silla o palco; en el anterior reglamento se denomina "cesión de uso", mientras que en el nuevo se hace mención del "derecho de adjudicación preferente del uso", quedando de esta forma aún más ambiguo el derecho del que goza el usuario.

Se penalizarán comentarios en redes

Quizás, el cambio más llamativo es que se ha introducido un régimen sancionador que contempla penalizar infracciones. Dichas "faltas" tienen hasta tres grados; leves (cuya sanción consiste en un apercibimiento), graves (que podrían acarrear la suspensión del derecho por un periodo de uno a tres años) y muy graves (por las que se suspendería el derecho por un periodo de tres años o definitivamente).

Las infracciones pasan desde causar desorden público y altercados hasta "proferir insultos y realizar actuaciones, ya sean presenciales o redes sociales, a abonados, terceras personas, hermandades o al Consejo General de Hermandades y Cofradías, que dañen la imagen de los reseñados".

Facua Sevilla advierte de la peligrosidad de la ambigüedad de este apartado, que contempla como infracción muy grave un comentario crítico o acción que el Consejo considere ofensivo, ya que puede atentar contra la libertad de expresión.

Para sancionar, se pretende crear una comisión disciplinaria de tres miembros nombrados por la junta Superior del Consejo cuya función será la de instruir el expediente disciplinario.

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