El Ayuntamiento de Sevilla tiene 18 meses para adaptarse a la norma estatal de Bajas Emisiones
Medio ambiente | Reproche al modelo de restricción de tráfico en la isla
El gobierno local defiende la aplicación de “excepciones” en la fase inicial pactadas con sectores afectados y asegura que "en las sucesivas fases se irán reduciendo”
La Zona de Bajas Emisiones de la Cartuja de Sevilla incumple la norma estatal
El gobierno municipal del socialista Antonio Muñoz respondió este lunes, a preguntas de este periódico, sobre la denuncia de A Contramano a cuenta de la Zona de Bajas Emisiones de la Cartuja que el decreto estatal que regula la Ley de Bajas Emisiones, aprobado días antes de que finalizara 2022, le concede un plazo de 18 meses para la adecuación completa de la regulación municipal.
El equipo de gobierno del Ayuntamiento de Sevilla precisa que ese plazo de adaptación de un año y medio, cuyo límite se cumple a mediados de 2024, se da a las ciudades como Sevilla, que tenían ya delimitadas sus zonas de bajas emisiones antes de aprobarse el decreto estatal.
Sobre los aparcamientos disuasorios habilitados, el Ayuntamiento responde que “estos se sitúan fuera de las Zonas de Bajas Emisiones, y no dentro –en ningún momento se ha prohibido en España la circulación de vehículos o que aparquen, sino su acceso a las ZBE aprobadas–”.
Sobre la larga lista de excepciones, el Ayuntamiento defiende que “se han acordado en su fase inicial de implantación con los sectores afectados de Cartuja y, evidentemente, conforme avancen las sucesivas fases de la ZBE se irán reduciendo”.
Estos son algunos de los vehículos que sí pueden circular por la isla de forma excepcional:
- Motocicletas y ciclomotores.
- Vehículos destinados al transporte de mercancías de M.M.A. mayor a 3.500 kg, y menor o igual a 12.000 kg.
- Vehículos destinados al transporte de mercancías de M.M.A. mayor a 12.000 kg, previa autorización expresa.
- Vehículos de categoría M que tengan más de 8 plazas de asiento además del conductor.
- Acreditados TIPO B (usuarios plaza garaje en zona restringida).
- Vehículos vinculados a la actividad económica de empresas ubicadas en el interior de la Zona de Bajas Emisiones, con registro previo.
- Vehículos con destino a los estacionamientos públicos en rotación en el interior de la Zona de Bajas Emisiones. El destino se coteja por matrículas captadas por sistema de reconocimiento.
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