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Sevilla

Reclaman la ejecución de la sentencia que condena a Equipark a devolver una de las fianzas

  • La resolución zanja que, desde 2007, la empresa "no ha requerido ni realizado nada en relación con la plaza de garaje".

El abogado Alfonso Fuentes León, que representa los intereses de la vecina de Sevilla María Luisa B.R., ha pedido ya ante el Juzgado de Primera Instancia número 15 la ejecución de la sentencia que condena a la sociedad limitada Aparcamientos y Equipamientos (Equipark), actualmente denominada Resipark y adjudicataria de la construcción de varios aparcamientos promovidos por el Ayuntamiento hispalense, a la restitución de la fianza entregada para optar a una plaza de estacionamiento en la infraestructura planeada en la calle Rafael Laffón.

El abogado Alfonso Fuentes León ha informado de que, dado que la sociedad condenada no recurrió la sentencia en cuestión y tal aspecto convirtió en firme esta resolución, la empresa contaba ahora con un plazo de 20 días para dar cumplimiento al contenido del fallo, extremo que tampoco ha sucedido. A tal efecto, este letrado ha solicitado, ante el propio Juzgado de Primera Instancia número 15, que sea consumada la "ejecución" de la sentencia en cuestión.

El conflicto de los aparcamientos

La citada sentencia se enmarca en el conflicto desencadenado en torno a las concesiones administrativas que el Ayuntamiento de Sevilla, en 2006, otorgó a la sociedad mercantil Equipark, -constituida entonces entre Construcciones Azagra y MAG-3-, para la construcción de varios aparcamientos subterráneos. Y es que las dificultades financieras atravesadas por la adjudicataria de estos proyectos motivaron la paralización de las obras, algunas de las cuales apenas habían comenzado, pese a que Equipark reclamó la entrega de fianzas de mil euros a los vecinos interesados en hacerse con las plazas de estacionamiento de los nuevos aparcamientos a construir.

Este fallo del Juzgado de Primera Instancia número 15 de Sevilla señala que después de que en abril de 2007 María Luisa B.R. entregase la fianza requerida por Equipark para reservar una de las plazas de estacionamiento proyectadas, la empresa demandada y ya condenada "no ha requerido ni realizado nada en relación con la plaza de garaje, no hay firma del contrato de adjudicación ni la actora ha sido requerida para ello, y mucho menos escritura".

Falta de fondos

"No puede ampararse la demandada en la falta de fondos y que no le ha sido posible hipotecar la concesión, lo que, por cierto, intenta en 2009", añade el juez en su sentencia, que recuerda la existencia de la facultad ofrecida al contratante perjudicado para resolver las obligaciones recíprocas cuando uno de ellos no cumpliese aquello a lo que se había comprometido. 

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